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Publicado el 16 diciembre 2010 - 0 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: DENUNCIAS

A LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR.

C/ AMADOR DE LOS RIOS ,7        C.P.  28071 MADRID

 

D.xxxxxxxxxxxx xxxxxxxxx xxxxxxxx mayor de edad, con D.N.I xx xxx xxx – x y con domicilio para notificaciones en la C/ xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx de xxxxxx (xxxxxxx), Comparece ante este órgano y como mejor proceda en derecho.

 

EXPONE

En virtud a lo establecido en la Resolución 41103 BOE Nº 289, de 30 de noviembre de 2010, relativo a la apertura del trámite de audiencia a los interesados en la elaboración del proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Armas, eleva las siguientes observaciones al proyecto:

Somete a consideración por parte de la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, esta propuesta, que surge de la lectura e interpretación del Proyecto del Reglamento de Armas. Y ajustándose a lo expuesto en la Constitución en el artículo 9.2 sobre la participación ciudadana en asuntos públicos, se ruega se tenga en cuenta esta propuesta por si fuera de utilidad, con el fin de promover modificación en determinados artículos del citado Proyecto del Reglamento de Armas

Con carácter general el nuevo reglamento establece nuevas medidas que menoscaban los derechos de los propietarios de armas debidamente legalizadas, puesto que establece en varias ocasiones cantidades adquiribles de armas por debajo de las que actualmente están en vigor y prohíbe armas que actualmente son legales.

El art. 9.3 de la Constitución Española establece la irretroactividad de las leyes en relación con las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales.

El art. 33 de nuestra constitución ampara el derecho a la propiedad privada y en concreto el párrafo tercero dice “Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las Leyes.”

Puesto que el colectivo de usuarios de armas legales en España es un colectivo honrado y cumplidor de las leyes, ya que esto último es condición indispensable para la expedición y mantenimiento de las licencias de armas, entiendo que no existe causa justificada para perjudicar a los usuarios de armas legales privándoles de bienes legalmente adquiridos y menoscabando su patrimonio.

ALEGACIONES

ART. 1 . 2

De acuerdo con la redacción de este texto, prácticamente todo, menos el  guarda manos y la culata son piezas fundamentales en las armas de ánima lisa o rayadas.

La caja de mecanismos sin el cerrojo, a no ser que se incluya un “o”, no es nada y en algunas armas modernas no existe como tal y ni siquiera se somete a prueba en el banco de pruebas, porque no es objeto de presión.

A qué se refiere cuando se menciona cierres y mecanismos de disparo?

Qué pasará con las armas que vengan de la UE?

ART. 2

Desde el punto de vista metodológico no parece  correcto que se incluya en un artículo dedicado a definiciones  y que, por tanto, tan solo debiera pretender clarificar conceptos,  aspectos normativos, expresiones tales como. “las armas comprendidas en esta categoría deberán…”.

ART.2.6

¿Cuál es la diferencia entre arma basculante y arma de un solo tiro?

ART. 2.7

De acuerdo con la definición de arma blanca que aquí se incluye, debemos entender, que se incluyen los cuchillos de cocina, jamones, etc., como armas blancas.

ART. 2.12

Qué quiere decir “pueda transformarse fácilmente”?. Tampoco se entiende que tiene que ver la apariencia con que pueda transformarse, o no en un arma de fuego.

ART. 2.20

Las llamadas armas de uso lúdico deportivo, no han supuesto nunca problema alguno para la seguridad pública,  entendemos que puedan regularse e incluirse en el Reglamento de Armas, pero no que estén sometidas a la emisión de la tarjeta o que deban llevar una marca permanente o que deban estar numeradas de forma correlativa, cuando este requisito no se exige en el resto de Europa.

ART.3.

El artículo 2, apartado 2, de la Directiva 91/477/CEE excluye del ámbito de aplicación de dicha Directiva, entre otras cosas, la adquisición y tenencia, con arreglo al Derecho interno, de armas y municiones por parte de los coleccionistas y organismos con vocación cultural e histórica en materia de armas reconocidos como tales por el Estado miembro en cuyo territorio estén establecidos.

En relación con las armas de categoría 6ª.2, para delimitar la inclusión en dicha categoría de las armas que abarca, fija la fecha de fabricación del 1 de enero de 1870, se solicita el cambio de dicha fecha por la del 1 de Enero de 1890, que es la fecha aceptada por todos los organismos internacionales para definir un “arma antigua”. Así mismo se solicita que la expresión “fecha de fabricación” sea sustituida por la de “fecha de patente principal” dado que ésta puede ser determinada de modo más fehaciente.

Se argumenta dicha solicitud en:

1º Que en el periodo comprendido entre el 1 de Enero de 1870 y el 1 de Enero de 1890 se produjo una ebullición de patentes cruzadas que hace muy complejo el discernimiento de la fecha con precisión en multitud de tipos de armas con gran demanda en el colectivo de usuarios dado su interés histórico y deportivo.

2º Que al modificar la fecha máxima al 1 de Enero de 1890 se dejan fuera de la categoría con cierto margen de seguridad la totalidad de las armas diseñadas para cartuchería de pólvora sin humo, dicho hito determina con mayor claridad el advenimiento de las armas modernas que quedarían clasificadas según su tipo en otras categorías del reglamento. En apoyo argumental a favor de esta delimitación temporal cabe citar las normativas vigentes en Francia, Gran Bretaña e Italia (año 1891).   

3º Que el cambio de fecha solicitado no va en detrimento del espíritu de la ley, únicamente va a permitir que muchas armas que se hallaban en una especie de limbo jurídico puedan ser debidamente clasificadas pues actualmente debido a lo complejo de la fijación de fechas se ha tratado de modo contradictorio en distintas intervenciones de armas dando lugar a agravios comparativos. Esto se evidencia aún más cuando, analizadas dichas armas se constata que no merecen el mismo tratamiento que las de más moderno diseño con las que quedarían injustamente englobadas de no estimarse la alegación.

4º Las armas de la categoría 6.2 que sean originales del siglo XIX (o anterior), dado su gran valor histórico y de colección no deberían de pasar obligatoriamente por el BOPE. El hecho de punzonar dichas armas destruiría totalmente su valor monetario e histórico y sería un gran paso hacia atrás en la preservación del patrimonio histórico y cultural de nuestro país.

El mantenimiento de la necesidad de las licencias denominadas AUTORIZACION ESPECIAL y LIBRO DE COLECCIONISTA para el amparo documental de las armas de la categoría 6ª.4 (armas de avancarga) constituye un AGRAVIO COMPARATIVO para los usuarios españoles de dicho tipo de armas pues no existe dicha obligación en ningún país de nuestro entorno sociopolítico, e incluso en países en los que se han dictado leyes muy restrictivas en materia de armas, han mantenido para las de avancarga el estatus de libre tenencia y circulación ya que, dado su carácter histórico se considera su uso una manifestación cultural que no debe ser coartada y además dada la obsolescencia técnica de dichas armas no deben estar sometidas a las mismas obligaciones formales que las armas modernas. Por tanto se solicita la LIBRE ADQUISICION Y TENENCIA para las armas de avancarga (Categoría 6ª.4 del PRDRA)

En coherencia con lo solicitado más arriba, se solicita que la denominada AUTORIZACION ESPECIAL ampare únicamente la adquisición y tenencia de las armas antiguas no incluidas en la categoría 6ª.4 (armas de avancarga) es decir las incluidas en la categoría 6ª.2 ya que se considera a las mismas por sus características merecedoras de un tratamiento diferenciado no asimilable al resto.

En relación con las armas categoría 6.3, es decir las “históricas”. Solicito que se incluya en el futuro reglamento de armas, un listado oficial y público de armas (pistolas, revólveres y rifles) de la categoría 6º.3 es decir “históricas”, aquellas que puedan ser asentadas en la figura legal del libro de coleccionista.

Se argumenta la solicitud en base a estos argumentos:

Este listado de armas “históricas” es una realidad en varias naciones de la Unión Europea como es el caso de Bélgica y otros muchos.

Los beneficios de un listado oficial de armas de colección,  son tangibles tanto para la autoridad competente encargada del control,  como para el aficionado, creando un entorno de “seguridad jurídica” para ambos, aspecto más que importante cuando se habla de inversiones monetarias considerables como es el caso del mercado de  las armas “históricas”. 

Existe un precedente de una lista oficial de armas “históricas” en nuestro país. La dirección de armamento de la Guardia Civil elaboro hace años un listado de armas cortas “históricas” y “antiguas” (pistolas semiautomáticas), que debería de ser incluido en el futuro reglamento.

En ninguna nación de la Unión Europea es necesario acreditar documentalmente  la  “historicidad de un arma” en relación con un hecho o personaje histórico relevante a la hora de legalizar un arma de colección. El criterio generalizado en toda Europa es considerar un arma como “histórica” y por tanto de colección, cuando corresponde con un modelo que por sus características ya ha sido catalogado dentro del citado criterio. Numerosos ejemplos de este criterio se encuentra en las legislaciones sobre armas de  Bélgica, Italia, Republica Checa, Finlandia, Noruega etc.

Además, la Ley de Patrimonio Histórico Español 16/1985  del 25 junio 1985, tanto en su preámbulo como en su articulo 1, define los objetos muebles integrantes del patrimonio histórico Español, de esta forma, las armas antiguas son objetos de interés etnográfico, científico o técnico.

En el artículo 2 de dicha Ley de Patrimonio Histórico Español, se establece que es deber de la administración del Estado, de conformidad con lo establecido en los artículos 46,44, 149.1.1, 149,2 de la Constitución, garantizar el patrimonio Histórico Español, así como promover el enriquecimiento del mismo y fomentar y tutelar el acceso de todos los ciudadanos a los bienes comprendidos en él.

El artículo 3 párrafo 2, se establece el Consejo de Patrimonio Histórico y las Instituciones Consultivas (Universidades, Consejo superior de investigaciones científicas, Reales Academias, etc.)

En el artículo 4 de dicha ley, se establece el significado de expoliación “toda acción u omisión que ponga en peligro de pérdida o destrucción de todos o alguno de los valores de los bienes que integran el patrimonio histórico Español”

En el artículo 9 se establece que la declaración de un bien de interés cultural para su inclusión como parte del patrimonio histórico, mediante Real Decreto requerirá la previa incoación y tramitación de expediente administrativo por el ORGANISMO COMPETENTE que se establece en el artículo 6.

El artículo 10 establece que cualquier persona podrá solicitar incoación de expediente para la declaración de un bien de interés cultural.

Con todo lo anteriormente dicho se puede ver que las armas históricas cumplen todos estos requisitos, con lo que las inutilizaciones de cualquier tipo sobre las mismas que pretende éste Reglamento así como los anteriores, atentan contra LA LEY DE PATRIMONIO, es más, muchas de las armas hoy inscritas en los libros de coleccionistas forman ya parte del CATALOGO DE BIENES MUEBLES PROTEGIDOS como se puede comprobar.

Por todo esto, se solicita que el artículo 108 quede sin efecto para todas las armas de la categoría 6, así como para todas las armas históricas según definición descrita en estas alegaciones en el punto 4º anterior.

 

ART. 3.4.3

Las armas de uso lúdico deportivo, deberían incluirse en la categoría 7ª correspondiente a armas de menor peligrosidad y con esa condición de “clausula escoba”.

ART.4.1. i

Nos parece ridículo, por no usar un término más contundente, que se prohíba todo tipo de tiragomas y cerbatanas.

ART.5.1.a

Aunque ya estuviera en el anterior Reglamento, queremos recordarle al Ministerio que cualquier culata se puede retirar con herramientas básicas, sino no podría ser sustituida o reparada.

En el 2º párrafo se da un paso fundamental, con una repercusión comercial y deportiva que entendemos que el Ministerio no ha calibrado.

Hasta ahora el Reglamento de Armas regulaba específicamente las armas, no pretendiendo legislar sobre instrumentos que luego las Comunidades Autónomas en sus competencias pudieran considerar instrumentos cinegéticos.

Este Reglamento rompe esa dinámica y aplica principios cinegéticos, que no son de su competencia, a artículos deportivos.

Por ejemplo, el calibre .22 podría ser mañana mismo utilizado con fines cinegéticos si cualquier Autonomía lo quisiera así y le quisiera recordar al Ministerio que en todo Europa se puede cazar con el 22 y que sea legal para cazar no depende del Ministerio del Interior, y, sin embargo este Reglamento lo impide.

Quisiera resaltar, que nadie que haya tenido una semiautomática en la mano pueda incluir un párrafo que señale que están prohibidos los cargadores que “no se pueda garantizar que con herramientas normales pueda ser transformada a una capacidad superior”.

El 90% de las escopetas semiautomáticas  y el 100% de los rifles que se venden en España son importados. Todas ellas tienen un cargador modificable con un alicate y todas ellas lo tienen extraíble.

 

El Art. 5.1.a párrafo dos prohíbe de facto las semiautomáticas, el arma más popular entre los españoles. Esta prohibición supone un gran prejuicio tanto económico como material  para tiradores, distribuidores, importadores, constructores, vendedores y armerías. El simple daño económico que puede suponer debería ser valorado y estudiado, ya que esta medida podría ser un mazazo para la industria en tiempos de crisis. El 80% de las armas que se venden en España estarían afectadas por este apartado y las prohibiría

 

Las limitaciones a dos cartuchos se entienden dentro de la actividad cinegética como una forma de dar ventaja al animal, pero su aplicación fuera de la caza es completamente irrazonable.

 

El Convenio de BERNA limita a tres los cartuchos que puedan utilizarse para la caza (uno en la recamara y dos en el cargador), pero esta limitación no existe para fines deportivos.

Está medida también afectaría a muchos miembros de las FYCSE que en la actualidad pueden encontrar cargadores de recambio o específicos que se adapten a sus necesidades operativas en el mercado civil a un precio razonable. Está medida afectaría negativamente a estos profesionales y limitaría la capacidad operacional de algunas unidades que no pueden permitirse solicitar importaciones por motivos presupuestarios.

 

También esta medida acabaría de raíz muchas competiciones deportivas. Basadas en la velocidad y en el uso de cargadores de gran capacidad.

 

Esta medida no solo se movería en dirección contraria a las normas Europeas, si no a las del mercado global, que no tienen a limitar el número de cartuchos que un ciudadano puede tener en su arma.

 

Además, la asimetría de esta medida hará que muchos busquen estos cargadores dentro de los países de la UE donde su uso es legal, con el consiguiente perjuicio para el mercado nacional.

 

Dado nuestro marco de seguridad, está norma carece de objeto lógico de aplicación en España.

 

Esta norma es  inaplicable, pero además, qué haríamos con las que hay en manos de las ciudadanos (cientos de miles)?

Tampoco entendemos que tiene que ver el cargador con el arma.

ART. 5.1.d

Nos gustaría saber a qué dispositivo se refiere?

Si se refiere a los frenos de boca, destinados a reducir el retroceso y que como efecto colateral reduce ligeramente el ruido, afectará a mucha gente que legalmente ha adquirido armas y utilizado un sistema muy popular en todo el mundo y que además ha pasado por el Banco de Pruebas, perteneciente a la CIP.

Que haremos con ellas? Indemnizaremos a los ciudadanos que las han comprado legalmente?

ART. 5.1.e

Conviene reflexionar sobre este asunto, ha habido algún tipo de delito cometido con estos dispositivos? No sería mejor obligar a que los ciudadanos que van a cazar en esperas nocturnas (legales en muchos puntos de España), teniendo la obligación de usarlos, para evitar accidentes?

ART. 5.1.i

Entendemos que los KITS se regulen, pero no entendemos porque tienen que estar prohibidos: un arma legal se convierte en otra de características también legal, cual es el problema?. Por qué el resultado se prohíbe .Tan solo hay que documentarlo.

Un arma se define por sus características balísticas, y así lo regula el Reglamento. Qué tiene entonces que ver la apariencia?

También comprenderá esta prohibición a las armas semiautomáticas de dichas categorías que teniendo una capacidad superior a tres cartuchos, incluido el alojado en la recamara, su cargador sea extraíble o movible o, aún siendo inamovible, no se pueda garantizar que con herramientas normales pueda ser transformada a una capacidad superior.”

Alegaciones:

El redactado de esta medida es confuso. En un arma de cargador extraíble la capacidad de carga no es una propiedad inherente del arma sino del cargador que se le monta. Su interpretación más restrictiva convierte en armas prohibidas a particulares la  mayoría de los rifles de caza que se usan en batida en nuestro país ya que tienen cargador extraíble. Así mismo pasarían a ser armas prohibidas a particulares la práctica totalidad de las escopetas semiautomáticas. Este tipo de escopetas representan la inmensa mayoría de las que se usan hoy en día para el ejercicio de la caza menor en nuestro país. 

La implantación de dicha limitación causará un prejuicio sobre el patrimonio de aquellos titulares de dichas armas que verán como estas pasan a ser armas prohibidas. Aunque la medida no tuviere efectos retroactivos, cosa que tampoco se especifica, impediría la posible venta del arma por parte del titular.

La implantación de dicha normativa afectará negativamente la actividad económica del sector de la caza.

Ésta medida es diametralmente opuesta a las normativas mayoritarias del entorno europeo con lo que atenta con el presunto propósito inicial de la redacción del nuevo reglamento y aleja nuestra legislación sobre tenencia de armas, de la deseable convergencia con el marco regulatorio europeo.

La limitación de la capacidad de carga de las armas largas semiautomáticas solamente es reelevante en el ejercicio de la caza, en virtud de los acuerdos internacionales firmados por España sobre la protección de la fauna.

La limitación en la capacidad de carga de las armas largas semiautomáticas es irrelevante en lo que se refiere al tiro deportivo. De hecho para algunas modalidades reconocidas internacionalmente como el IPSC con fusil táctico, se usan armas semiautomáticas de la categoría 2ª, 2 con cargadores extraíbles de alta capacidad.

La modificación de las armas afectadas mediante inmovilización del cargador en el armazón no es viable ya que dichas armas no han sido diseñadas para llenar el cargador des de la ventana extractora, y en algunos casos esta operación pudiera ser incluso peligrosa para el tirador y terceros.

Por todo esto propongo:

En primer lugar que se redacte el apartado de forma que quede perfectamente claro y sin margen de interpretación arbitraria, que armas son exactamente las que pasarán a considerarse prohibidas a particulares.

Se mantenga la limitación de capacidad de carga a 3 cartuchos incluido el de la recámara de las armas semiautomáticas que se estén usando con fines cinegéticos.

Se elimine cualquier limitación en la capacidad de las armas semiautomáticas usadas para el tiro deportivo.

 La contemplación de la presente alegación evitaría:

El conflicto con los titulares de dichas armas que se verán afectados negativamente en su patrimonio por una norma arbitraria con las consecuentes reclamaciones judiciales que esto pueda ocasionar.

El trato discriminatorio a nivel español del sector armero, caza, tiro y aficionados en general, en comparación con sus conciudadanos de otros países europeos.

El incremento de la disparidad entre nuestra normativa y la de los otros socios de la UE

ART. 6

Armas de guerra.

Se consideran armas de guerra, quedando en consecuencia prohibidos su adquisición, tenencia y uso por particulares:

b) Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre inferior a 20 milímetros, cuyos calibres sean considerados por el Ministerio de Defensa como de guerra.

d) Las municiones para las armas indicadas en los apartados a) y b).

Alegaciones

A lo largo de la historia, muchos calibres que empezaron siendo calibres militares han terminado en el mercado civil por tener un rendimiento excelente. Por ejemplo, el 30-06 es un calibre estándar para la caza mayor, teniendo su origen en el cartucho del fusil Springfield 1093 el ejército americano.

Por el contrario, otros calibres civiles dieron el salto inverso. El más notorio de ellos fue el 222 Remington que evolucionó al 223, siendo adoptado ligeramente modificado como el 5,56x45 NATO.

Por ello, definir un calibre como militar y dejar a un ministerio como el de defensa que dicte qué calibres no se pueden utilizar no tiene sentido. Puede suceder que un calibre que se popularice ahora se dicte como militar en el futuro, creando un montón de armas ilegales de la noche a la mañana, con todos los problemas legales que suponen a civiles, armeros etc.

Debido a que muchos de los calibres denominados como militares son populares, se fabrican en abundancia y su precio es bajo, siendo una buena alternativa para tiradores y cazadores.

La prohibición de calibres populares hace que se tengan que buscar calibres más o menos equivalentes y más caros, condenando a los tiradores y cazadores civiles a precios altos tanto en munición como en armas.

En muchos países la munición militar ordinaria sobrante es vendida al mercado civil. Esta es gastada en campos de tiro principalmente  y en minoría ejerciendo la caza. Esta es una herramienta para mantener frescas las reservas de munición y ganar dinero para el estado vendiendo munición a precio más caro que el de adquisición.

Por todo esto propongo:

La eliminación del los artículos 6º 1.b y 6º 1.d ya que no aportan beneficio alguno, y su eliminación sería beneficiosa tanto para el estado como para los tiradores.

La eliminación de estos artículos pondría a España al mismo nivel que los estados miembros de la Unión Europea.

 

ART. 10

El régimen que plantea este artículo es de un intervencionismo tremendo y, de forma pareja, este intervencionismo afecta, en articulados posteriores, a los viajantes.

Hasta qué punto es lícito que a un trabajador por cuenta ajena se le someta a test psicofísicos para trabajar con un determinado empleador? Qué dirán los Sindicatos? Debemos incluir en el contrato de trabajo una clausula en la que esta se condiciona a su aprobación por parte del Ministerio del Interior? O tendremos que preguntar a la Guardia Civil si se nos permite contratar a una gente determinada como requisito previo a la entrevista de trabajo?

Es un nuevo sistema para fomentar el empleo?

Podremos resolver el contrato si se nos deniega la autorización? Podrá ser motivo de despido?

Sin embargo, no entendemos la mano ancha hacia los llamados corredores, que solo pueden crear problemas en el sistema y que desde luego entran en contradicción con el espíritu del Art. 10.

ART. 12.3

Entendemos que hay una contradicción entre el apartado tercero y el cuarto.

ART. 28.1 (hay que revisarlo: la numeración creo que seguirá similar, a pesar de las tonterías que parece decir este artículo)

Cada vez que sale un Reglamento se añaden más números a los ya existentes, si la ICAE lleva un correcto control de las numeraciones, se sabrá sin problema el país de origen. No entendemos para que hacer falta más números.

El nombre y marca del fabricante se deducen por el punzón asignado, cuando corresponde a un fabricante español, si es extranjero estamos complicando las cosas de forma llamativa.

Queremos recordar nuestros comentarios al Art.2.20, ya que todas las armas lúdico-deportivas se fabrican fuera de España, y no cumplen los requisitos de numeración que exige este Reglamento.

Qué pasará con las importadas?

Cómo sabremos a la hora de importarlos si se van a comercializar por separado?

Los componentes esenciales son todo menos el guardamanos y la culata (ambas son de madera o polímeros, y a veces se prueban sin ellos): todo debe estar numerados. Debieran respetarse las reglas de la CIP y nada más numerarse los elementos sometidos a presión y que sean numerados por cualquier Banco CIP, o vamos a enmendar al Banco de alemán o belga?

España va a numerar las armas lúdico-deportivas?

ART. 28.9

Todos los países Europeos van a aplicar este apartado?

ART. 39.1

Se reduce el número de armas que pueden ser transportadas. Hasta ahora se podían llevar hasta 25 cortas y 50 largas conjuntamente, vuelve a reducirse la capacidad de comercio del sector.

Es consciente el Ministerio de que se ha reducido un 35% las ventas del sector y se ha habido despidos del 20% de los trabajadores?

En la actual situación económica, queremos entorpecer un sector que dinamiza los sectores más delicados de la economía, no da problemas y factura más de 25.000 millones de €?

ART. 44

EL plazo de 10 días que se concede en este apartado es claramente insuficiente y sin ánimo de ofender a nadie, diríamos que ridículo.

30 días puede ser un plazo razonable, pero el de 10 dará problemas y sobrelos costos no sabemos quién los abonará.

Si una persona está de vacaciones y le llega un armas, antes o después de lo que el esperaba, entendemos que pasados 10 días la Guardia Civil remitirá el arma a origen. Quién pagará en transporte?. Si el arma está pagada la fábrica o armería lo rechazará y vemos difícilmente constitucional obligar a aceptarla, ya que el arma ya no es suya. Está pagada y su titularidad transferida. Va a pagar el transporte el adquiriente de buena fe? Desde el punto de vista de derecho civil, resultará curioso ver las sentencias judiciales.

ART. 46.5 

Queremos recordar al Ministerio que el “plazo máximo de tres meses en tanto se tramite una nueva”, es inconcebible para alguien que conozca la mecánica de la ICAE.

Este año se ha tardado una media de 9 meses para tramitar tan solo las medidas de seguridad de una armería y no queremos sabes qué puede pasar en verano.

ART. 48.2.b

Quisiera recordar al Ministerio que hasta ahora de vendían de forma individual a personas autorizadas. No nos consta que haya habido problemas.

Resulta extraño que tengan que habilitarse las ventas a través de los Organismos, y en coherencia con lo dicho nos parece oscuro el apartado e. Hay algún interés en ello que desconocemos?

ART. 48.4

Parece minusvalorar el Reglamento Pirotécnicos y Cartuchería debiera sustituirse el “además” por especialmente.

 

ART. 51.2

Hay que tener en cuenta que existen armas que en España están sujetas a autorización excluidas de la directiva Europea de armas, por lo tanto puede resultar ocioso e incumplible lo establecido para ellas en el Art. 73.

ART.53.3.

 Por qué a mayores de edad cuando se permite su uso a mayores de 14 años e, incluso de 12? Precisamente la tenencia domiciliaria permite un control parental mayor.

Una vez más el Reglamento se modifica por una línea estrictamente restrictiva, olvidando a los deportistas y aficionados

ART.54.4.

La adquisición de las armas de la categoría 7.ª, 5 requerirá la acreditación ante el
establecimiento vendedor de la mayoría de edad del comprador y la consignación en los
correspondientes libros de las respectivas tarjetas deportivas en vigor, salvo la posesión de las
mismas en el propio domicilio con fines de ornato o coleccionismo.

A estos efectos, se entenderá por tarjeta deportiva las expedidas por Federaciones
deportivas reconocidas legalmente en las que se utilicen dichas armas en su actividad deportiva.

Basamos nuestra oposición en las siguientes ALEGACIONES

1.- El foro "Comunidad Arquera Hispánica" es una página cuyo objeto es la promoción y difusión de la caza con arco. No solo representa a cazadores federados, entre ellos hay una gran mayoría que no compiten en competiciones federativas, son cazadores que utilizan el arco como arma de caza, permitida en la mayoría de las CCAA.

2.- La modificación del artículo 54.4 impone la justificación del uso del arco a través de un documento concreto, reduciéndose el concepto de tarjeta deportiva a la que expiden la Federaciones (en este caso la de tiro con arco), dejando de hecho en manos de una entidad privada una autorización administrativa que corresponde al Estado.

3.- La utilización del arco como arma de caza autorizada en la mayoría de las comunidades quedaría limitada sólo a aquellos que pertenezcan a la correspondiente federación deportiva (la de tiro con arco), aún sin participar en ninguna de las disciplinas deportivas amparadas por dicha entidad privada.

Las federaciones deportivas amparan el deporte de competición, no la tenencia de armas de caza.

4.- La modificación del artículo 54.4 es palmariamente opuesta al principio constitucional de libertad de asociación, puesto que obliga a la asociación obligatoria proscrita por el artículo 22 de la Constitución Española y el artículo 2.3 de la Ley Orgánica 1/2002.

5.- La licencia de caza debe habilitar para la adquisición de un arco al igual que lo hace para la obtención y renovación del permiso de armas tipo E y D, puesto que justifica la utilización del arma regulada, sin necesidad de adscribirse obligatoriamente a una federación concreta aún sin participar en el deporte que regula, lo cual sería desproporcionado e injusto.

6.- En consecuencia, proponemos la supresión del párrafo segundo del artículo 54.4 o, en su caso, la inclusión de LICENCIA DE CAZA equiparable a tarjeta deportiva.

 

ART. 54.5

Debemos entender que la venta de sprays debe ser consignada en los Libros Registro de los armeros?. Que dato debe ser consignado?

ART. 56.1.b

Los requisitos para vender armas antiguas o históricas, sus réplicas y las de avancarga en general, son tremendos, no creo que haya comercio alguno que vaya a proceder a solicitar esta autorización.

ART. 57.3

No entiendo en absoluto este artículo.

No entendemos sus controles, pero tampoco entendemos que se pueda habilitar a una viajante para que lleve 50 armas o 500 componentes esenciales

No conozco viajante alguno que lleve 50 armas, con 10 es suficiente

Tenemos que pensar que no hemos comprendido el concepto de componente esencial.

Un tornillo de un grupo de disparo es un componente esencial o lo es el grupo de disparo?

Debiera permitirse mantener el cupo de 50 armas largas más 25 armas cortas, para los envíos comerciales y no concederse más de 10 armas para viajantes. Se prohíbe al sector lo que necesita y se le concede lo innecesario.

Sección 4ª.

Aunque el titulo estaba ya así en el anterior Reglamento, debiera añadirse “de fuego”.

Sección 6ª.

Las transferencias solo pueden realizarse cuando su objeto sea las armas de fuegos contempladas por la Directiva, por lo tanto debiera señalarse en el encabezado “Sección 6ª transferencia de armas de fuego”.

 

ART. 65.3

¿Supone que un particular ya no puede gestionar la importación de un arma deportiva y/o histórica artística para su propio uso y disfrute como se venía haciendo hasta ahora?

 Si dicha importación solo la pueden realizar los armeros,  supone un quebranto muy serio a la libertad de compra de los tiradores, cazadores y coleccionistas españoles en una Europa de mercado único.

ART. 77

Hasta ahora las exhibiciones de armas de fuego en ferias y exposiciones han funcionado sin problemas. El sistema era simple, la entidad organizadora solicitaba una aprobación de medidas de seguridad y la ICAE señalaba los requisitos que debían cumplirse en cada uno de los stand y las medidas de seguridad generales. La empresa que fuera participar en una feria ya aprobada debía indicarlo a la ICAE relacionando las armas a exponer,  pero no se obligaba tanto a la feria como a los expositores a tener cada uno una autorización con un Plan de Seguridad, nos parece redundante y crea molestias para el desarrollo comercial del sector.

ART. 78

Si un corredor tan solo negocia compra ventas de armas debiera estar excluido de este art. 78. Porque de él se deduce que un corredor puede fabricar, montar, almacenar, distribuir, etc, etc, cualquier clase de armas de fuego.

ART. 93.1.c

En un mes puede perfectamente no saberse quienes son los herederos o albaceas, y por lo tanto no tener éstos constancia alguna de la existencia de un arma.

Como una persona cuya entidad no se conoce puede poner en conocimiento de la ICAE que el fallecido tenía armas? Esto es evidente en el caso de cualquier testamentaría. Las certificaciones sobre la existencia del último testamento tarda siempre más de un mes.

ART. 94.6

No se sabe si se refiere al alcalde del domicilio del vendedor o del comprador.

Si esta venta se hace dentro de las comprendidas en el Art.54, no se entiende porque debe participar alcalde alguno.

ART. 96.3

Solicito que se incluya en el nuevo REGLAMENTO DE ARMAS el criterio de la unicidad de licencia no condicionado al uso: es decir que el tipo de licencia (o la no necesidad de la misma) no debe limitar el uso del arma que ampara ya que el titular legítimo del arma puede darle varios usos, todos ellos legítimos. A título de ejemplo, el poseedor de un arma de la categoría 6ª.2 puede tenerla como coleccionista expuesta por su valor histórico o decorativo, puede además utilizarla en competiciones deportivas, lucirla en representaciones de acontecimientos históricos y además practicar la caza con ella.

Se argumenta la solicitud en:

1º Que no es exigible el amparo de un arma bajo dos o más licencias distintas ni deben ser forzados los titulares legítimos de un arma adecuada para varios usos a adquirir otras armas con el fin de ampararlas en otra licencia si se pretende practicar otros usos.

2º Que dicho principio debe ser patentemente clarificado para evitar que los agentes de la autoridad empleen criterios contradictorios en su aplicación dando lugar a sanciones injustas a los usuarios.

3º Que si el poseedor de un arma lo es legalmente, son legales todos los usos que la ley le permite hacer de ella independientemente de la licencia en que el arma esté documentada.

4º Que restringir esa libertad de uso legítimo resulta una intromisión incomprensible en un estado de derecho ya que no se puede oponer un argumento de peso para justificar el perjuicio que sufre el usuario con la limitación y que el estado, entendido como el resto de la sociedad, no percibe nada con ello, con lo que el perjuicio causado es gratuito.

5º Que la legitimidad de cada uso concreto la aporta la normativa aplicable a esa actividad o uso: La caza se legitima con la licencia de caza en vigor y la autorización de los terrenos cinegéticos, el tiro deportivo con la pertenencia a una federación y/o con la autorización del polígono o galería, el empleo de armas en festejos y representaciones está sometido a la correspondiente autorización gubernamental, etc…

ART. 96.4.d y 96.5

Reiteramos nuestros comentarios al Art.5.1.a.

El Reglamento está decidiendo sobre asuntos que son competencia de las Comunidades Autónomas, son éstas las que deciden que armas pueden ser utilizadas para cazar a través de sus correspondientes leyes de caza.

El Reglamento está decidiendo con qué se puede o no cazar, cuando en realidad solo debe regular las armas legales.

A esta objeción de carácter teórico, se añade otra práctic:, qué pasará con todas las carabinas del 22 (decenas de miles) amparadas con la licencia tipo E?

El Ministerio debe ser consciente que en los últimos tres años el negocio de la armería ha caído alrededor de un 40%, si de facto se prohíben los cargadores de esacopetas  y rifles semiautomáticos, se coarta la venta de las armas lúdicas y se elimina, de facto, el 22 la debacle en el sector puede ser espectacular, especialmente  en un momento económico especialmente delicado: la mayor parte de estas medidas, cada una individualmente, ya supondría un desastre desde el punto de vista económico.

Rogamos al Ministerio que reconsidero estos diversos puntos.

 

 

ART. 100

Expedición de licencias de armas D.

El sector nunca comprenderá porque 8 armas son más peligrosas que 9 ó 12. Durante los últimos 10 años se ha podido tener un número limitado de éstas,¿ ha constatado el Ministerio algún tipo de problema derivado de esta circunstancia?

Nadie podrá poseer más de una licencia D, que tendrá cinco años de validez y autorizará para poseer, llevar y usar hasta ocho armas de la categoría 2.ª, 2.”

Alegaciones:

La medida propuesta, representa un retroceso significativo en la libertad de adquisición de armas de la categoría 2ª, 2 por parte de los titulares de la licencia D.

La implantación de dicha limitación causará un prejuicio sobre el patrimonio de aquellos titulares de la licencia D que sobrepasen el cupo de armas establecido.

La implantación de dicha normativa minará la actividad económica del sector armero, tiro y caza.

Un gran número de fusiles históricos que pueden ser considerados antigüedades y parte del patrimonio histórico español y europeo se verán condenados a la destrucción por existir un cupo global insuficiente para asumir su titularidad.

Ésta medida impide el coleccionismo de fusiles históricos en estado de tiro que es común en los otros países europeos con legislación en materia de armas más avanzada. Dicha actividad genera un volumen de negocio importante. Además ayuda a preservar armas que a día de hoy ya son piezas históricas.

Ésta medida es diametralmente opuesta a las normativas mayoritarias del entorno europeo con lo que atenta con el presunto propósito inicial de la redacción del nuevo reglamento y aleja nuestra legislación sobre tenencia de armas, de la deseable convergencia con el marco regulatorio europeo.

Por otra parte, dicha limitación no representa ninguna mejora en la seguridad ciudadana. El riesgo de que se cometa un delito con una arma de la categoría 2ª, 2 amparada en la licencia D es el mismo tenga el titular un rifle o tenga un centenar. La fijación del cupo en 8 es completamente arbitraria y no responde a ningún criterio técnicamente fundado.

Por último la no-limitación del cupo de rifles que lleva vigente en nuestro país mas de 10 años no ha causado un solo incidente en nuestro país que se deba a tener un número de rifles superior a 8.

Por todo esto propongo:

Que no impongan ningún cupo de armas de la categoría 2ª, 2 a la licencia D.

En su defecto, se podría permitir la tenencia de los fusiles históricos en la licencia F sin límite de cupo.

Como última alternativa poder amparar dichas armas en el libro de coleccionista sin tener que inutilizarlas.

La contemplación de la presente alegación evitaría:

El conflicto con los titulares de la licencia D que tengan guiados a día de hoy un número de rifles superior a 8. Estos se verán afectados negativamente en su patrimonio por una norma arbitraria con las consecuentes reclamaciones judiciales que esto pueda ocasionar.

ART. 101.1

Expedición de licencias de armas E

Las armas de las categorías 3.ª 2, 6.ª 4, 7.ª 2 y 3, precisarán una licencia de armas E, que autorizará para poseer, llevar y usar las armas de dichas categorías. Su número no excederá de seis armas de cada una de dichas categorías.”

Alegaciones:

La medida propuesta atenta contra los intereses de los titulares de la licencia E por el hecho que les impide poseer armas de la categoría 3ª, 1. Y representa un claro retroceso respecto el anterior reglamento que pretende mejorar.

El supuesto que las armas de la categoría 3ª, 1 no son aptas para la caza no es motivo suficiente para limitar su tenencia con la licencia E. En efecto, los poseedores de dicha licencia pueden acudir a un campo de tiro para practicar con ellas, sin estar interesados en la competición en tiro olímpico, ni en estar federados. Dicha práctica puede estar perfectamente justificada para mejorar las habilidades de tiro para el posterior ejercicio de la caza con armas de las categorías 2ª, 2 y 3ª, 2.

La peligrosidad de las armas de la categoría 3ª, 1 es mucho menor a las de la categoría 3ª, 2. No es lógico que alguien que legalmente puede adquirir una escopeta del calibre 12 para la caza no pueda adquirir una simple carabina del calibre 22.

Por sus características, las armas largas de la categoría 3ª, 1 son las menos restringidas en los países de la Unión Europea dada su baja peligrosidad. En efecto en algunos de ellos, incluso son armas de venta libre a mayores de 18 años. La limitación de la tenencia de estas armas a los titulares de la licencia F es una clara contradicción con la normativa europea ya que dicha licencia es la que tiene un carácter más restrictivo.

La implantación de dicha limitación causará un prejuicio sobre el patrimonio de aquellos titulares de la licencia E que posean armas de dicha categoría. Si estos no están dispuestos a obtener la licencia F, tendrán que vender las armas. Dicha venta será difícil o imposible dada la imposibilidad del mercado de absorber estas armas por falta de cupo global.

La implantación de dicha normativa minará la actividad económica del sector armero, y el tiro deportivo. Muchos tiradores con la licencia F tendrán que escoger entre sus armas cortas o las carabinas que previamente tenían legalizadas con la licencia E, al no disponer de cupo de armas suficiente.

Ésta medida es diametralmente opuesta a las normativas mayoritarias del entorno europeo con lo que atenta con el presunto propósito inicial de la redacción del nuevo reglamento y aleja nuestra legislación sobre tenencia de armas, de la deseable convergencia con el marco regulatorio europeo.

Por otra parte, dicha limitación no representa ninguna mejora en la seguridad ciudadana. El riesgo de que se cometa un delito con una arma de la categoría 3ª, 1 amparada en la licencia E es el mismo que si esta está amparada en la F. Por otro lado los titulares de la licencia E ya disponen de armas mucho más peligrosas como son las escopetas de caza.

No tiene sentido seguir manteniendo el cupo de 6 armas de la categoría 3ª, 2 y para la licencia E. En efecto durante la última década, en la que no ha habido cupo de armas en la licencia D, no se ha producido ningún incidente que pueda ser atribuido a este hecho.

Mantener este cupo no tiene ningún beneficio para la seguridad ciudadana. El riesgo de que se cometa un delito con una arma de la categoría 3ª, 2 amparada en la licencia E es el mismo tenga el titular una escopeta o tenga un centenar. La fijación del cupo en 6 es completamente arbitraria y no responde a ningún criterio técnicamente fundado.

Un gran número de escopetas históricas se ven condenadas a la destrucción por falta de cupo donde guiarlas. En efecto estas armas casi siempre fabricadas en España, a menudo herencia de padres y abuelos, se ven condenadas sistemáticamente a la  destrucción por no existir un cupo global suficiente para asumir su titularidad. Estas armas deben ser consideradas como antigüedades y parte del Patrimonio Histórico Español y Europeo como se ha descrito al principio de este documento.

Dicha limitación impide el coleccionismo de escopetas, que tiene una gran importancia en los países europeos más avanzados en los que nos deberíamos inspirar. Dicha actividad genera un volumen de negocio importante para el sector armero.

Por todo esto propongo:

Que las armas de la categoría 3ª,1 puedan seguir siendo adquiridas por los titulares de las licencias E.

En su defecto, se podría permitir la tenencia de dichas armas bajo la licencia F siempre y cuando no existiese competencia de ellas con los cupos de arma corta. En efecto se podría plantear que la licencia F permitiese guiar hasta 6 armas de la categoría 3ª,1 sin prejuicio de los cupos de arma corta.

Que no haya cupo en el número de armas de las categorías 3ª,2 que se puedan guiar con la licencia E.

Como alternativa poder amparar dichas escopetas en el libro de coleccionista sin tener que inutilizarlas. De esta forma muchos cazadores conservarían escopetas de padres, abuelos, etc. que hoy en día destruyen ya que cazan con armas más efectivas que les ocupan totalmente el minúsculo cupo de 6 armas.

La contemplación de la presente alegación evitaría:

El conflicto con los titulares de la licencia E que tengan guiadas a día de hoy carabinas del calibre 22. Estos se verán afectados negativamente en su patrimonio por una norma arbitraria con las consecuentes reclamaciones judiciales que esto pueda ocasionar.

El perjuicio económico al sector armero y tiro deportivo en un contexto de crisis económica, y el consiguiente traslado de su malestar a los medios de comunicación. Hay que recordar que la inmensa mayoría de las carabinas del 22 se venden hoy en día justamente porqué pueden ser guiadas con la licencia E.

El trato discriminatorio a nivel español del sector armero, tiro y aficionados en general, en comparación con sus conciudadanos de otros países europeos.

El incremento de la disparidad entre nuestra normativa y la de los otros socios de la UE. Y aquí me reitero que en España estaríamos guiando dichas armas con la licencia más restrictiva mientras que la tendencia general en Europa es que sean las armas menos reguladas de todas.

Evitaría que miles de escopetas antiguas cada año fueran inútilmente destruidas con el consiguiente empobrecimiento de nuestro patrimonio histórico.

Posibilitaría que los españoles aficionados a las armas de la categoría 3ª,2 tuvieran unos derechos algo mas próximos a los derechos de los que gozan sus conciudadanos europeos.

ART. 105.4

Debemos entender que estos límites de edad son aplicables a toda la categoría 4ª?

ART.107.e

No entendemos porque se ha eliminado las históricas o artísticas, si previamente se ha aportado el informe correspondiente.

ART. 108

Estamos a favor de que se garantice que las armas inutilizadas no pueden reconvertirse en útiles, pero el artículo es tremendo para cualquier aficionado a las armas.

Cabe recordad lo anteriormente expuesto para armas históricas, esto es la Ley de Patrimonio:

La ley de Patrimonio Histórico Español 16/1985  del 25 junio 1985, tanto en su preámbulo como en su artículo 1, define los objetos muebles integrantes del patrimonio histórico Español, de esta forma, las armas antiguas son objetos de interés etnográfico, científico o técnico.

En el artículo 2 de dicha ley de Patrimonio Histórico Español, se establece que es deber de la administración del Estado, de conformidad con lo establecido en los artículos 46,44, 149.1.1, 149,2 de la Constitución, garantizar el patrimonio Histórico Español, así como promover el enriquecimiento del mismo y fomentar y tutelar el acceso de todos los ciudadanos a los bienes comprendidos en él.

El artículo 3 párrafo 2, se establece el Consejo de Patrimonio Histórico y las Instituciones Consultivas (Universidades, Consejo superior de investigaciones científicas, Reales Academias, etc.)

En el artículo 4 de dicha ley, se establece el significado de expoliación “toda acción u omisión que ponga en peligro de pérdida o destrucción de todos o alguno de los valores de los bienes que integran el patrimonio histórico Español”

En el artículo 9 se establece que la declaración de un bien de interés cultural para su inclusión como parte del patrimonio histórico, mediante Real Decreto requerirá la previa incoación y tramitación de expediente administrativo por el ORGANISMO COMPETENTE que se establece en el artículo 6.

El artículo 10 establece que cualquier persona podrá solicitar incoación de expediente para la declaración de un bien de interés cultural.

Con todo lo anteriormente dicho se puede ver que las armas históricas cumplen todos estos requisitos, con lo que las inutilizaciones de cualquier tipo sobre las mismas que pretende éste Reglamento así como los anteriores, atentan contra LA LEY DE PATRIMONIO, es más, muchas de las armas hoy inscritas en los libros de coleccionistas forman ya parte del CATALOGO DE BIENES MUEBLES PROTEGIDOS como se puede comprobar.

Por todo esto, se solicita que el artículo 108 quede sin efecto para todas las armas de la categoría 6, así como para todas las armas históricas según definición de este propio borrador de reglamento.

 Armas inutilizadas.

El cargador debe ser desprovisto de la teja y del resorte, y los labios eliminados.”

El cargador no está definido como componente esencial y no es necesario para que el arma haga fuego, con lo que no es necesaria su inutilización. Propongo se elimine la necesidad de inutilizar el cargador.

f) Las armas de avancarga deben llevar en el cañón tres taladros de diámetro del calibre como mínimo, distanciados cinco centímetros entre centros, uno de ellos afectando al culatín de cierre.

Este punto es difícil de cumplir en muchas armas por ejemplo las pistolas de chispa del calibre .62 no tienen espacio suficiente para realizar los tres taladros. Así mismo los mosquetes de gran calibre (mas de 19 milímetros) quedarán completamente destrozados por dichos taladros. Propongo que para dichas armas se usen los taladros del tamaño propuesto para las armas de la categoría 3ª, 2 ya que comparten prácticamente el mismo calibre y las características de los cañones. Propongo que se definan unos criterios de inutilización para las armas largas de avancarga y otros para las cortas. Adicionalmente, propongo que el tamaño de los taladros se limite al tamaño propuesto anteriormente para las escopetas en todas las armas de avancarga sea cual sea el calibre para evitar que el taladro destruya la mitad del grosor del cañón. Esto alteraría completamente la estética del arma y la haría inservible para fines de colección.

 

ART. 109

El tema de las edades nunca se ha solucionado correctamente y limita la incorporación de la juventud a los deportes.

Entendemos que cualquier persona que vaya a competir o a ejercer un deporte, previamente deberá haber aprendido, por lo que para participar en una competición con 14 años, debiera permitírseles aprender, antes de esa edad, bajo algún tipo de tutelaje.

 

ART. 110

España es un gran exportador desde el punto de vista cinegético, un número importante de extranjeros viene a cazar a España, pero se desaprovecha esta ocasión para facilitar la caza de los extranjeros en España y crear riqueza para el país.

ART. 118

Con la licencia A, los Oficiales Generales, Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de la Guardia Civil, en sus distintas categorías, así como los integrantes de las Escalas Superior, Ejecutiva y de Subinspección del Cuerpo Nacional de Policía, y equivalentes de los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas, podrán poseer tres armas cortas, aparte de las que reciban como dotación reglamentaria para el ejercicio de sus funciones. En las mismas condiciones el personal de la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil y los integrantes de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, con la misma licencia podrán poseer hasta tres armas cortas.

2. Con el mismo tipo de licencia, los Cabos Primeros Especialistas Veteranos de la Armada que no se hayan incorporado o integrado en las nuevas escalas, las escalas de los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas y el personal de los Cuerpos de Policía de las Corporaciones locales equivalentes a la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, así como los funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera, sólo podrán poseer un arma corta, aparte de las que reciban como dotación reglamentaria para el ejercicio de sus funciones. “

Esta diferenciación supone una GRAVE DISCRIMINACIÓN, sin justificación objetiva alguna, hacia los miembros de los Cuerpos de Policía Autonómicas y de las Corporaciones Locales toda vez que su estatus, competencias y obligaciones en el mantenimiento de la seguridad ciudadana son las mismas puesto que La Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y  Cuerpos de Seguridad, establece e iguala en su Titulo I a todas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad independientemente de su pertenencia al Estado, las Comunidades Autónomas y/o de las Entidades Locales, tanto en sus Disposiciones Generales, como en sus Principios Básicos de Actuación como en sus Disposiciones Estatutarias Comunes.

 

El proyecto de Reglamento de Armas, establece a la hora de documentar armas cortas de defensa, diferencias entre miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, creando pues una situación de agravio comparativo tanto por dependencia orgánica y administrativa como por categoría profesional, al establecer diferencias en el número de armas cortas de defensa que pueden poseer funcionarios de igual grupo funcionarial, dependiendo de su pertenencia o no a determinada escala funcionarial, tres armas cortas en el caso de las escalas de Superior de Oficiales, Oficiales y Suboficiales de la Guardia Civil, sus equivalentes de las Fuerzas Armadas y de, las equivalentes a las de Superior, Ejecutiva y de Subinspección de las Policías Autonómicas   y en la práctica la totalidad de escalas, incluidas las escalas básicas del Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil frente a  la escala básica de los cuerpos de Policía Local y Autonómica.

 

Asimismo, dicha diferenciación podría suponer la vulneración del artículo 14 de la Constitución Española, ya que entre las causas de discriminación expresamente prohibidas se encuentran "razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social" y es en este último inciso, donde la condición de funcionario perteneciente de los cuerpos de policía autonómica y local es discriminada frente a sus iguales en categoría de la escala básica pertenecientes a las Fuerzas de Seguridad del Estado (Guardia Civil y Cuerpo Nacional de Policía)

 

Por todo esto propongo:

Que se proceda a subsanar dicha discriminación y agravio dándole nueva redacción al apartado 1 del artículo 118 de dicho reglamento incluyendo a los miembros de los cuerpos de Policía Autonómica y Local de la siguiente forma:

 

 “ Armas de fuego cortas amparadas por la licencia A:

1. Con la licencia A, los Oficiales Generales, Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de la Guardia Civil, en sus distintas categorías, así como los integrantes de las Escalas Superior, Ejecutiva y de Subinspección del Cuerpo Nacional de Policía, y equivalentes de los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales, podrán poseer tres armas cortas, aparte de las que reciban como dotación reglamentaria para el ejercicio de sus funciones. En las mismas condiciones el personal de la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil y los integrantes de las Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, de los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas y de los Cuerpos de Policía de las Corporaciones Locales,  con la misma licencia podrán poseer hasta tres armas cortas.

 

ART. 124.1

No deja de ser curioso como este Reglamento restringe las armas a las ciudadanos honrados, pero cuando hay un tema puntual, se llegan a conceder armas de guerra a los titulares de licencias C.

Hay una gran restricción en lo que se refiere a armas de concurso, con la que no podemos estar de acuerdo.

 

 

 

ART. 132

Artículo 132. Armas de concurso amparadas por la licencia F.

 La licencia F autorizará la adquisición de un arma de concurso. La adquisición de cada una de las armas restantes requerirá la obtención previa de una autorización especial con arreglo a lo dispuesto en el artículo 49.3 de este Reglamento. El número total de armas que podrán tener y usarse con esta licencia se determinará por Orden Ministerial y estará en función de las necesidades deportivas del tirador, las cuales deberán acreditarse por las Federaciones Deportivas competentes.

Este artículo perjudica innecesariamente al colectivo de tiradores deportivos y representa un agravio frente a otros usuarios legales de armas de fuego para los que el proyecto de nuevo reglamento sí especifica la máxima cantidad de armas que podrán poseer.

Al dejar en manos de una futura Orden Ministerial las cantidades máximas de armas que podrá poseer un tirador deportivo se está creando una situación de inseguridad jurídica e incertidumbre innecesaria a los tiradores que podrían ver perjudicado su patrimonio legalmente adquirido.

La implantación de dicha normativa minará la actividad económica del sector armero , de clubes y federaciones deportivas.

El colectivo de tiradores deportivos, y el resto de usuarios de armas, es un colectivo honrado y cumplidor de las leyes, ya que esto último es condición indispensable para la expedición y mantenimiento de las licencias de armas.

La medida no representa ninguna mejora en la seguridad ciudadana. El riesgo de que se cometa un delito con un arma amparada en la licencia F es el mismo tenga el titular un arma o tenga un centenar.

Por todo lo expuesto solicito que se establezca de forma clara en el nuevo reglamento la cantidad máxima de armas que podrán poseer, portar y usar los tiradores deportivos y no se deje a una posterior Orden Ministerial.

Que en caso que los nuevos cupos sean inferiores a los actuales se permita conservar las armas debidamente legalizadas a aquellos que fueran propietarios de un número mayor de armas con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo reglamento.

Que las guías de pertenencia que con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo reglamento tengan en su poder los titulares de licencia F tengan la consideración de la autorización especial a la que se refiere el artículo 132.

En relación al artículo 138.2 del Proyecto de Reglamento de Armas cuyo texto se inserta a continuación:

Aquellos deportistas que, salvo casos de fuerza mayor, no hayan desarrollado

durante un año de vigencia de la licencia actividades deportivas, perderán la licencia F de armas, debiendo depositar sus armas y la licencias en la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil. Por Orden Ministerial se determinarán las actividades deportivas mínimas necesarias para mantener la licencia F en función de la categoría del tirador.

Al dejar en manos de una futura orden ministerial las actividades deportivas mínimas que deberá realizar un tirador deportivo se está creando una situación de inseguridad e incertidumbre a los tiradores que no podrán planificar con anterioridad las competiciones a las que deben asistir, pudiendo en casos extremos no ser capaces de asistir a las competiciones necesarias por motivos de agenda o por falta de competiciones suficientes restantes durante el año en curso.

El desconocimiento de las actividades deportivas mínimas necesarias para el mantenimiento de la licencia F puede provocar que clubes y federaciones planifiquen en su calendario un número de competiciones deportivas insuficientes para que sus asociados puedan dar cumplimiento a la medida, ya que el calendario de competiciones se planifica de forma anual y no se especifica la fecha en que se publicará la citada Orden Ministerial.

Por todo lo expuesto solicito que se establezca de forma clara e inequívoca en el nuevo reglamento la cantidad mínima de actividades deportivas que los tiradores deportivos deben realizar y no se deje a una posterior Orden Ministerial.

 

Vista la ley resumida a continuación, no necesitamos pasar por las manos de las federaciones de tiro olímpico para obtener la F, simplemente con estar registrado como socio de un club de tiro sería suficiente:

 

Ley 11/1997, de 22 de agosto, General del Deporte de Galicia.
TÍTULO III.
SUJETOS DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA
CAPÍTULO I.
DEPORTISTA

Artículo15.

1. Tendrá la consideración de deportista, a los efectos de la presente Ley, toda persona que practique alguna modalidad deportiva aún cuando no participe en competiciones o no forme parte de una asociación deportiva.

2. Se promoverá y facilitará la integración de todas las personas que practiquen la actividad deportiva en las asociaciones recogidas en la presente Ley para una mayor efectividad de los programas de fomento y desarrollo del deporte y para la mejor asistencia y protección de los deportistas.


Artículo 16.

1. Los deportistas podrán ser aficionados o profesionales. A su vez los deportistas aficionados podrán ser federados o no.

2. Los deportistas federados dispondrán de la licencia federativa otorgada por la correspondiente federación deportiva gallega. Los no federados que se inscriban obtendrán la correspondiente licencia acreditativa de su condición del Registro de Asociaciones Deportivas y Deportistas de Galicia. La expedición de la licencia tendrá carácter reglado, no pudiendo denegarse cuando el solicitante reúna los requisitos establecidos

ART. 146.1

Reiteradamente las autoridades consideran motivo de sanción llevar una navaja de 5 cm (antiguamente llamados cortaplumas). En este sentido nos parece injusta la discrecionalidad de la autoridad que suelen llevar a excesos en la aplicación tanto de este articulo como del 148.3 y siguientes.

Régimen sancionador.

El régimen sancionador se agrava sin conocer el motivo.

No se soluciona el tema de la responsabilidad en caso de robo o pérdidas de armas. ¿Siempre que le roban un arma a un transportista, es responsable aunque haya sido diligente o solo cuando haya sido negligente?

En el caso de la suspensión temporal de autorizaciones para fábricas quisiéramos saber quién es la autoridad susceptible de imponer esta sanción.

 ART.156 a

De acuerdo con lo señalado en el propio Reglamento, no hace falta autorización para vender armas de la 4ª categoría ni de la 7ª, por lo que este apartado es erróneo.

ART. 156 k

¿Cuáles son” los lugares habilitados para su uso” en el caso de las armas lúdico deportivas y en las de aire comprimido?

ITC 1

 

Nos parece un exceso los cálculos de cubicaje por arma.

No entendemos porque no se puede dejar los rifles en los expositores interiores, si estos cuentan con sistemas de alarma y cristales blindados que puedan evitar los guardias de seguridad, cuyo costo es prácticamente inasumible por el 99% del sector.

Hoy en día existen materiales que permitirían cumplir los máximos requisitos de seguridad en un expositor.

En las MEDIDAS DE SEGURIDAD EN ARMERIAS, habla de “si la caja fuerte estuviere instalada en el interior de una cámara acorazada”, entendemos que se refiere únicamente a la que contenga cartuchería metálica. Debiera especificarse.

 

ITC2

Restringe de 75 a 50 el máximo de armas ITC que se pueda transportar, sin que jamás haya habido incidente alguno al respecto. Es una forma de restringir el comercio sin motivación alguna. En cualquier caso esta ITC tiene una redacción francamente deficiente.

“En atención a las características…”, incorpora una capacidad discrecional in asumible por la ciudadanía de un país democrático: no incorpora límites ni criterios, solo ambigüedad y capacidad omnímoda sobre la ciudadanía.

Respecto a transportes aéreos o marítimos, es una pena que no se haya aprovechado la ocasión para reconsiderar tanto en trenes, pero sobre todo en el transporte marítimo, el concepto de unidad de carga: parece desproporcionado que un tren con doce vagones pueda tener los mismos límites de transporte que un camión o que un barco de decenas de miles de toneladas y varias bodegas, con destino a Canarias por ejemplo, tenga los mismos límites que una furgoneta.

Además, respecto a los Transportes aéreos y marítimos:

Las empresas que transporten las armas por medios marítimos o aéreos, contaran con los servicios de una empresa de seguridad que será encargada de la custodia de las armas de fuego durante su permanencia en los recintos portuarios o aeroportuarios, estén o no cargadas en la nave o aeronave encargada de su transporte.

Alegación

Los habitantes de Canarias, Ceuta y Melilla, asÍ como Baleares, solo tienen la posibilidad de traer las armas mediante el barco o el avión, con lo que la medida de imponer una Guardia y Custodia al transporte de armas hacia esos lugares representa un agravio comparativo con el resto de los españoles peninsulares, que tienen otras opciones como carretera o ferrocarril no gravadas por este gasto extra de Guardia y Custodia.

Se propone la retirada del requisito de Guardia y Custodia para el transporte marítimo, para tener una opción equivalente al ferrocarril o carretera como el resto de los Españoles.

Campos de tiro eventuales

Se debe reconsiderar que no solo existen campos de tiro eventuales para el tiro al plato, existiendo otras modalidades como el tiro practico o tiro de precisión a larga distancia.

 

 

 

SOLICITA

Que se tenga por presentado este escrito de alegaciones contra el articulado del proyecto de Reglamento de Armas que se propone y se proceda, por el órgano competente para la inclusión de las alegaciones al mismo, y rectificación del articulado propuesto de conformidad con lo manifestado en el mismo.

 

xxxxxxx a xxx de Diciembre de 2010

 

 

 

 

FDO: xxxxxxx  xxxxxxx  xxxxxx

Publicado el 16 diciembre 2010 - 7 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: REFLEXIONES

 

                                                               CARTA

Siento  lo que voy a escribir, por aquellos amigos que no comparten mi opinión, pero es que......hoy...REVIENTO, con las declaraciones de nuestro PRESIDENTE DE GOBIERNO, y se lo escribo y dedico a él.   

¡¡Cuántas Fantas has pagado!!  ¿A cuántos dirigentes sindicalistas has callado, subvencionándolos con el dinero que, ahora, les quitas a los trabajadores, para evitar que las calles se llenaran de protestas, con motivos, reclamando ¡¡SOLUCIONES!! Y NO MÁS ENGAÑOS!! 

¿A cuántos de "la ceja" has movido a tu favor, subvencionándoles películas de mierdaa cambio de su propaganda interesada y populista? Por cierto, todos ellos forrados, como manda el Manual del Buen Izquierdista (M. Bosé, M. Rios, los Bardem, etc, etc) o algunos, megaforrados, como Ana Belén y su señor, que, hace años que se dieron cuenta que lo de ser comunista era una horterada y decidieron pasarse al repugnante mundo capitalista. Eso sí, teniendo que realizar verdaderos sacrificios ideológicos, como tener que subirse, a diario, a su BMW 750, cuyo precio supera los 120.000 € del ala, o tener que aceptar, a regañadientes, supongo, la dura realidad de habitar en una asquerosa morada de, apenas, 650 metros cuadrados, con una piscina climatizada. Eso sí, en Torrelodones!, donde vive el pueblo llano.

¿A cuántas ONG´s como "Lesbianas de Nigeria", "Defensoras del mapa del Clítoris", etc, etc,  has subvencionado, con cientos de miles de Eurosque ahora les quitas a los pensionistas?

Has llegado hasta el punto, de regalarle a Berlusconi, la reconstrucción de la torre de la Catedral de Aquila (después del terremoto) y de la Cumbre que os reunió allí a todos los mandatarios europeos (¿con cuantos millones de euros?), para su reconstrucción. Para reparar la fantasmada de payaso....de que tu amigo estaba muy cabreado por haber dejado atrás a Italia y que el francés estaba ya a tiro... 
¡¡ERES UN FASTASMÓN CON SONRISA BURLONA Y TALANTE!! 



 
¿Cuántos miles de € te gastaste en la cúpula macarra y hortera de la sede de tu amigote Miguel Barceló en la Sala de los Derechos Humanos y la Alianza de las Civilizaciones de la ONU en Ginebra?.

 
¿Cuántos millones de € te has gastado en el efímero Plan E, para hacer aceras, pistas de padle, pistas de patinaje, y demás chorradas, que te inventaste posiblemente en un día de audición de tu esposa?.

 
A tu amigo Mohamed VI, Sultán de Marruecos, le has dado millones de Euros a fondo perdido; le has dado trescientos Nissan Patrol, trescientos Quads y trescientas motos trial, para que vigilen la costa de Marruecos y evitar el tráfico de personas y hachís, cosa que, naturalmente, no hacen y tú tragas.
Por cierto, se los pusiste en Ceuta y el morito te dijo......¡¡No, los quiero en Tánger!! y...te bajaste los pantalones y los volviste a embarcar en Ceuta para llevárselos a Tángerque lo sé porque lo publicaron todos los periódicos (los coches, quads y motos se los han repartido entre los coroneles y sus hijos), ¡¡con dos cojones!!. ¡¡ERES UNA MÁQUINA!! 

 A los catalanes (Artur Más), le dijiste: "Lo que venga del Parlament de Catalunya", OS LO APROBARÉ, con las consecuencias que a ello nos ha llevado y.....nos llevará. 

Y...mil y una aberraciones más, como: "Estamos en el corazón de Europa"..."Estamos en la Champion League de la Economía, no tenemos problemas” “NO SON PATRIOTAS LOS QUE DICEN QUE ESTAMOS EN CRISIS (lo repetiste durante más de un año) Y ADEMÁS SON UNOS DERROTISTAS” “Tenemos el mejor "Sistema financiero del MUNDO MUNDIAL". ¿Cómo se pueden aceptar esas barbaridades?
 
Ya demostraste tus dotes diplomáticas con la bandera americana. ¡¡¡Qué vergüenza para España!!!

ERES EL MÁS EFECTIVO DESTRUCTOR DE ESPAÑA DE TODOS LOS TIEMPOS (y que no me replique ningún poeta que...Fernando VII D. Pelayo o los Visigodos,  fueron peores). 

Y.... ahora, ¿qué te han dicho en Europa? ¡No macho!, ¿que vas a empezar a reducir el déficit en el 2012?, de eso nada "monada" o empiezas ¡¡YA!! o.... te echamos de Europa y vuelves a tu PESETA (para que puedas devaluarla y empezar desde CERO como Argentina). Si, ahora.... te acuerdas de los funcionarios y pensionistas para quitarles ese 5% de su sueldo y de sus jubilaciones y así solucionar tu problema. 

No tienes agallas para quitarte de lo tuyo (es decir, votos) y decir: 

1º) A la mierda el Ministerio de "Igual-dá" 

2º) A tomar por el culo el Ministerio de la Vivienda. 

3º) Amarrar a las puñeteras AUTONOMÍAS y no darle más de lo necesarioNada de abrir Embajadas fantasmas (de Euskadi, de Cataluña) ni mamarrachadas por el estilo, que pagamos todos.

4º) Anular el P.M.M (el setenta por ciento de coches oficiales). 

5º) ¡Que se marchen a sus casas los SEISCIENTOS  Consejeros que tienes en La Moncloa!! total....¿para qué sirven? si por lo mal que te sale, o no les haces ni puñetero caso, o no tienen ni puta idea. 

6º) Que los sueldos de los Presidentes de las Comunidades Autónomas, no sobrepasen los 4000 o 4500 Euros. 

7º) Rebajar los sueldos de los CONCEJALES, a los sueldos que tenían antes de ser tales concejales. 

8º) Mandar a sus respectivos trabajos (así por lo menos trabajarán) a todos/as LIBERADOS/AS sindicales. 
 
¡¡¡TODO ESO QUE LO HAGA LA DERECHA CUANDO VENGA, QUE YA ME OCUPARÉ YO DE ECHARNOS A LA CALLE CON LA PANCARTA EN LA BOCA, PARA PROTESTAR…!!!


Y....mil "cositas" más importantes y efectivas que un "decretazo socialista" 
(sólo aprobado por un voto socialista) para... "reducir las pensiones a los jubilados" 
(que es ILEGÍTIMO por el Pacto de Toledo) y joder a los paupérrimos funcionarios. 


 
Me da mucha tristeza, haber llegado a mi jubilación, teniéndote como GOBERNANTE DE ESPAÑA. Eres el  ANTIGOBERNANTE.

 
Eres el presidente y personaje más nefasto, mentiroso y resentido que ha tenido España en toda su larga historia. Así te recordaremos los españoles que no hemos comido de tu pesebre, como tantos vagos e ineptos que te adulan y que son copartícipes de tu inútil existencia (no hay nada más peligroso que un tonto con poder). 

Ahora que  sabes de lo peligroso y grave de la situación y andas "acojonao"sigues sonriendo como los tontos.
 
TU ÚLTIMA INDECENCIA, AYER 14 DE NOVIEMBRE DE 2010:


 

Mientras Marruecos está consumando un execrable genocidio con el Pueblo Saharaui (el que antes defendías en la pancarta, con los de tu ceja) el Gobierno de España ni respira y tú te marchas el fin de semana a Cataluña a poner a parir al Papa, lo cual resuelve muchos de los problemas que padecen, en la actualidad, los catalanes.
Con independencia de que en éste país, laico, por supuesto, el 78,2 % de la población se declara católica (también en Cataluña)…¿No te han contado lo que ha supuesto, en términos económicos, la visita del Papa a Barcelona?
¡¡Eres un tío con suerte!! A otro le hubieran tirado al Llobregat.


 

Fuiste un mediocre estudiante sin currículo profesional alguno (trabajas para el partido desde que acabaste tus estudios) y gobiernas España…¡Que paradojas produce la vida!


 

Solo así se entiende la camarilla de mediocres que te rodean, con idénticos expedientes profesionales (Aído, Pajín, Chacón, etc)


 

Afortunadamente, todo parece indicar que te vas a marchar pronto, pero dejando mi país hecho un solar. El mismo que cogiste, hace seis años con la economía más potente de su Historia (esto no es ideología y tú lo sabes).


 

¿Sabes? Me resulta curioso que tanta gente, en España, se extrañe de que Hugo Chávez llegase al poder, en Venezuela, a través de las urnas. O Evo Morales, en Bolivia ¿no se nos debe presuponer a nosotros mucho mayor nivel cultural?



Un abrazo a mis sacrificados amigos que me comprendan y compartan esta opinión.
 
 
PD:- Ojalá no necesitemos tener que tirar de la reserva de oro del Banco de España, aquella de la que vendiste el 38%, nada más llegar y que hoy estaría revalorizada en un 274 %. Parecía premonitorio de tus grandes dotes de iluminado...

SALU 2 A TODOS

 

Publicado el 13 diciembre 2010 - 0 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: CURIOSIDADES

 

 

                 LA DIFERENCIA ENTRE TRABAJAR Y NO HACERLO

¿Cual es la diferencia entre trabajar y no hacerlo?.

¿Lo calculamos juntos? Será sólo un ejemplo. Vamos allá:

Tenemos a Paco y a Manolo. Paco y Manolo entraron a trabajar juntos en una ferretería. Por razones diversas, Paco fue despedido hace tres años, recibió diez mil euros de indemnización, y desde entonces está en el paro.

Manolo sigue en la ferretería, trabaja cuarenta horas semanales y cobra 1200 netos € al mes.

Paco cobró 740 € de paro durante dos años y ahora cobra 420 €, y si no, estaría cobrando la ayuda familiar. Por tanto pongamos que, de media, en este tiempo Paco cobra de ayudas y subsidios unos 575 € al mes.

Manolo, por tanto, se levanta todos los días a las siete y media de la mañana y trabaja ocho horas, por 425 € de diferencia respecto a su ex-compañero, que no hace nada. Su salario real es de 2,75 € la hora. ¿Qué os parece?

Con cualquier chapucilla en negro que encuentre Paco, y que cobre a más de 2,75 € la hora, ya estará ganando más que el que sigue trabajando y cotizando.

Pero es que además, si seguimos con el supuesto de vidas paralelas, ambos viven con sus parejas, con las que no se han casado (eso es de carcas), y sus chicas trabajan de cajeras en el mismo supermercado, ganando 800 € netos al mes.

Por tanto, la cosa no se detiene en los 475 € que Manolo ganaba de más trabajando.

Paco tiene derecho a una VPO, y Manolo no.

El hijo pequeño de Paco tiene preferencia en la guardería municipal, y para el de Manolo no hay plaza y lo tiene que llevar a una privada.

El hijo mayor de Paco tiene derecho a beca y el de Manolo no.

Paco no tiene que hacer declaración de IRPF y Manolo tiene que hacerla.

Podría seguir, pero me detengo aquí.

Al final, ¿por cuánto está trabajando Manolo en la ferretería? Lo cierto es que por NADA o por una cantidad cercana a cero. Manolo trabaja porque es idiota ya que, sin trabajar, ganaría mucho más y en su casa se viviría mucho mejor.

¿Qué tiene de raro que Manolo llegue todos los días tarde a trabajar, o trate mal a los clientes de la ferretería, intentando que también lo despidan a él?

Ya me diréis, si es normal o no que el país vaya como va. Y si creéis que me paso, enviad este artículo a algún amigo y cada cual tendrá más de un caso que contaros.

- Se olvida de que  la mujer de Paco no paga IRPF al estar su marido en paro mientras Manolo y su cónyuge paga un  14.75% cada uno.

 

                SALU 2

 

Publicado el 13 diciembre 2010 - 1 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: NOTICIAS DE CAZA

El autor del disparo se entregó en el cuartel de la Guardia Civil en Ponferrada

Un hombre de 47 años, que responde a las iniciales C.S.B., falleció ayer tras recibir un disparo de escopeta en el pecho mientras estaba cazando. Los hechos ocurrieron en una zona del monte situada cerca del mirador de Friera, en el municipio de Sobrado, según confirmaron desde Subdelegación del Gobierno.

El cuerpo de C.S.B. fue hallado sobre las 19.40 horas en un camino, cerca del mirador, por una persona que estaba recogiendo setas. En el aviso de emergencia se indicaba que un hombre estaba tumbado sobre un camino cerca del mirador de Friera, con una herida por un arma de fuego.

El autor del disparo, J.Q.B. se entregó pasadas las ocho de la tarde en el cuartel de la Guardia Civil de Ponferrada, donde fue detenido. El hombre, de 72 años, confesó a los agentes que él había sido quien había hecho el disparo que ocasionó la muerte de C.S.B. Los dos hombres habían salido juntos a cazar por los alrededores del mirador.

Al lugar de los hechos se desplazó una ambulancia de soporte vital básico y un equipo médico de Villafranca del Bierzo. Los sanitarios confirmaron la muerte del cazador en el lugar del siniestro. También acudió al monte de Sobrado un equipo de la Policía Judicial.

C.S.B residía en la localidad de Sobrado y tenía tres hijos. El lugar donde apareció el cuerpo era de difícil acceso y la Guardia Civil tuvo que transportar el cadáver desde el monte hasta el coche de la funeraria, pasadas las diez de la noche. Varios vecinos permanecieron en el lugar de los hechos hasta que el juez ordenó el levantamiento del cadáver.

Otro hombre fue atendido ayer en el Hospital del Bierzo sobre las 16.30 horas por heridas de disparo de perdigones. El accidente ocurrió en el término municipal de Arganza y el herido fue trasladado a León para practicarle una arteriografía, tras ser operado en el centro de Ponferrada.

Segunda muerte en dos meses. El caso de ayer en Sobrado es similar al ocurrido a principios de octubre en la localidad maragata de Bustos. Entonces, falleció un hombre de 40 años por un disparo fortuito de otro compañero de caza. El supuesto autor del tiro que causó la muerte a O.G.F. se podría enfrentar a una pena de hasta cuatro años.

 

SALU  2  Y MUCHO CUIDADO

Publicado el 9 diciembre 2010 - 0 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: NOTICIAS POLITICAS

EL PP ROMPE SU TECHO ELECTORAL Y AVENTAJA EN 17 PUNTOS AL PSOE

 

Instalado en la mayoría absoluta, con una horquilla de entre 186 y 188 escaños, gobernaría sin apoyos / Zapatero perdería 4,1 millones de votos y hasta 45 diputados

 

El varapalo de las encuestas al Gobierno refleja el clima creciente de decepción de los españoles con el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero. Y es que ni siquiera su actuación ante la crisis aérea, que aún colea, ha mitigado los efectos de los sondeos.

 

Lo que para muchos ha sido una respuesta firme, para otros tantos se ha convertido en un nuevo episodio de caos e improvisación del Gobierno y en un nuevo golpe contra la imagen ya debilitada de Zapatero, que no dudó en delegar responsabilidades en sus dos hombres de confianza. Así, la fuerza que más se ha resentido es el PSOE, frente a un PP que se ha fortalecido conforme avanza la legislatura. Tanto es así,  que de celebrarse elecciones generales ahora,  los de Rajoy ganarían por goleada.  

 

O lo que es lo mismo, gozarían de una mayoría absoluta de entre 186 y 188 diputados (la mayoría en el Congreso es de 176), obteniendo así una ventaja de 17,02 puntos sobre los socialistas. Y bate su techo histórico, superando los resultados obtenidos por José María Aznar en el año 2000, que alcanzó los 183 escaños.

 AL IMPRESENTABLE CADA DIA LE QUEDA MENOS      SALU  2

 

Publicado el 25 noviembre 2010 - 2 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: CURIOSIDADES

                                        LA HISTORIA DE LA CAZA

A lo largo de toda la historia del mundo, destaca la acción de cazar en el ser humano por necesidad o recreo y de ella hay abundantes y expresivos testimonios.

Opinaba Miguel de Cervantes que: “El ejercicio de la caza es el más conveniente y necesario. La caza es una imagen donde aparece reflejada la estratagema, astucia, insidias para vencer al contrincante, padecense en ella fríos grandísimos y calores intolerables, menoscabanse el ocio y el sueño, corroboranse las fuerzas, agilizanse miembros de quien las usa y en resolución es ejercicio que e puede hacer sin perjuicio de nadie y con gusto de muchos”.

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D. Miguel de Cervantes
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D. José Ortega y Gasset

La importancia de la actividad cinegética la sintetizó José Ortega y Gasset con estas palabras: “la enjundia de esfuerzo y hazaña que lleva dentro la caza, en su mejor estilo ha hecho que siempre se considerase una gran pedagogía, como uno de los métodos preferentes para educar el carácter”.

Vamos a recorrer de una manera sintética las vicisitudes de la caza y veremos claramente que nos estamos refiriendo a la historia de la humanidad desde sus comienzos. Remontándonos a la edad de piedra. El hombre buscó por medio de trampas y rudimentarias armas su cotidiano alimento. A causa de esos precarios medios para cazar, de la reducida población y de las especiales condiciones naturales, glaciales y postglaciales, se debe suponer que existirá una gran abundancia de animales en relación con el numero de cazadores, pero también es evidente que solo una pequeña parte de dicha fauna podía tomarse en consideración desde el punto de vista cinegético habida cuenta de la formidable capacidad de defensa y de la impresionante anatomía de la mayoría de los ejemplares de aquella época frente a la debilidad de sus posibles perseguidores humanos.

La ruda vida de aquellos cazadores era patente no solo por los grandes cambios climáticos sino que tenían que convivir con una fauna impresionante y, generalmente agresiva, resultado de la evolución de las formas animales que había adquirido formidable desarrollo durante las eras secundaria y terciaria.

La península ibérica estaba poblada en aquella época por elefantes, rinocerontes, hipopótamos y otras muchas especies más corpulentas desaparecidas de nuestras latitudes hace miles de años.

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Pintura Rupestre
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Restos de Fósiles
Es obvio que de aquella lejana edad prehistórica no existen datos concretos, ni sólidos elementos de juicio que permitan hacer un cálculo, ni aproximado, entre la proporción entre cazadores y animales que, por sus características y utilidad podían catalogarse de interés cinegético.

La abundancia de restos de armas prehistóricas sobre suelo ibérico prueba que se perseguía y luchaba con tenacidad para capturar peligrosas o veloces animales salvajes; y no solo se ponía en juego para ello un esfuerzo físico y un derroche de habilidad, sino que se recurría a la esotérica ayuda de la magia, por medio de representaciones de las siluetas de los animales en las paredes y techos de las cavernas donde habitaban aquellos hombres primitivos.

Esto nos hace suponer con bastante fundamento que aun en la edad de piedra, con fama de paraíso zoológico no había un exceso de animales de caza propiamente dichos en la península ibérica, aunque dicha fauna fuera variada y abundante en lo que a especies no cazables se refiere. Y si hacemos hincapié en esta presunta penuria de riqueza cinegética en un pasado muy lejano, es porque, como luego veremos, lo mismo ha sucedido a lo largo de todas las edades de la historia de España.

Es lógico imaginar que las primitivas estrategias venatorias debieron de consistir en fatigosas batidas de acoso de las reses hacia una propicia depresión natural o artificial del terreno, para que por allí se precipitaran hacia la muerte o por, lo menos, quedaran lo suficientemente inmovilizadas para una fácil captura, ya que con las rudimentarias armas que utilizaban era evidente que no permitían abatir robustas piezas en plenitud de libertad y facultades.

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Utensilios para la Caza
Con lentitud llegan después los tiempos del uso generalizado de verdaderas armas de caza, que van perfeccionándose, desde las rústicas hachas de piedra del Paleolítico inferior hasta las flechas y lanzas del superior.
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Utensilios de metal para la agricultura y caza

Diez siglos antes de Cristo el hierro sustituye a los demás materiales utilizados en la fabricación de armas de caza, como fueron el cobre, plomo, aleaciones de cobre con estaño, etc.

La primera época del Hierro ha sido localizada en Almería, Galicia y Cataluña. También se utilizaban puntas de flecha, dardos, hondas, redes, etc. Cabe destacar que asta el año 204 a.de C. la caza se consideró como un derecho natural de la persona.

La dominación romana que va desde el 205 a.de C. a 414 d.de C. se caracterizó en infinidad de capturas para la diversión en los circos romanos.

La Edad Media va desde el 414 al 492 y la caza practicada fue a la carrera con caballos y perros.

En el año 506 en el reinado del Rey Visigodo Alarico II se encuentran preceptos sobre la propiedad de la caza y la del territorio en que habita.

Existe constancia de que las primeras actividades cetreras fueron realizadas por los visigodos pero solo practicaban la modalidad de ajo vuelo con azores y otras aves semejantes.

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Cetrería
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Caza Mayor -.Ciervo

Desde el 713 al 1492 de la era cristiana, fueron ocho siglos de dominación árabe en nuestro país y los escritos demuestran que el Emir Abd-Aziz ibn Musa se lamentaba que no existía la caza que deseaba en contraposición con la abundancia que existen en las montañas cantábricas. Se han encontrado restos cerca de los montes Degaña (Oviedo) de ciervo, corzo, osos, cabras monteses, etc. Y existen referencias contrastadas de grandes cacerías de osos en el reino de Asturias.

En el año 770 se reconocen las primeras monterías o partidas de caza mayor.

Respecto a las armas de caza, en el siglo IX a los naturales de la isla de Mallorca se les atribuye la invención de las ballestas.

En 1180 el Rey Sancho VI de Navarra mandó redactar el “Código de Monterías”.

En el año 1255 el rey Alfonso X el Sabio, promulga “el fuero real” en cuyos apartados 16 y 17 se ordena “no se tomen los animales salvajes mientras el cazador vaya tras ellos”. Escribió una obra titulada “Código de las Siete Partidas” en la que cabe destacar “la caza es el arte o sabiduría de guerrear y de vencer”. Tanto en el Código como en el Fuero de Soria, la fauna de caza, en terrenos de propiedad privada, pertenecía al dueño de la finca.

En el siglo XIV el infante de Castilla Don Juan Manuel, señor de Peñafiel, escribió el libro de la caza, basado principalmente en la cetrería árabe.

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Fernando "el Católico"

En el año 1331 se conocen los primeros vestigios de la pólvora en España.

Hacia el año 1347 reinando el rey Alfonso XI, aparece el “Libro de la Montería” dado a conocer por Pedro I de Castilla.

A finales del siglo XIV, el Rey Don Enrique III el Doliente sancionó las Ordenanzas, en ellas aparece una prohibición digna de resaltar: “cazar en las épocas de cría, fortuna y nieve”. Este mismo rey mandó edificar en el año 1405 el Palacio Real del Pardo.

Entre los años 1480-1484, los Reyes Católicos dispusieron la recopilación de la abundancia de normas jurídicas del reino y fue realizado por el jurisconsulto Alfonso Díaz de Montalvo y publicada con el título general de “Ordenanzas Reales de Castilla u Ordenamiento de Montalvo”.

A principios del siglo XVI se comienza a utilizar por los cazadores el arcabuz y el mosquete y fue el rey Carlos I quien hizo venir de Alemania a los dos mejores fabricantes de armas, los hermanos maese Pedro y maese Simón Marquant.

En el año 1552 el secretario real Don Diego de Gracian, dedicó al Príncipe de Asturias Don Felipe (más tarde Felipe II) la traducción del celebre tratado de caza titulado “De Venatione” escrito por el filósofo-historiador ateniense Jenofontes. Unos cuatrocientos años antes de Cristo.

En el año 1598 la subida al trono del rey Felipe III, señala uno de los momentos más florecientes de la caza mayor en España.

Este rey habida cuenta de la escasez de caza, en el año 1611 promulgó una severa pragmática que establecía “la absoluta prohibición de cazar con lazos, de armadijos y otras artes semejantes, así como arcabuz ni otro tipo de pólvora”.

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Carlos I
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Carlos III

En el año 1662, el rey Felipe IV promulgó otra pragmática en la que se prohibía cazar “con tiro de perdigones de plomo” ni de otra cosa, en Madrid y veinte leguas en contorno".

Hay que destacar que en el año 1750, reinando el rey Fernando VI. , al tener noticias de que las reses de caza mayor que vivían en el Pardo, estaban causando grandes daños en los terrenos colindantes, ordenó se iniciara la construcción de una tapia de piedra que rodeara todo el coto de caza, la citada tapia alcanzó la longitud de 100 Km

Uno de los reyes más apasionados por la actividad cinegética fue Carlos III, de quien se decía que comenzaba a trabajar casi de madrugada y todas las tardes se marchaba de caza, al parecer, solo tres días al año dejaba de practicarla. Supo gobernar con gran acierto y prudencia mediante sabias y populares disposiciones, bastantes de ellas, fueron dedicadas a la protección de la fauna y de la flora. En el año 1761, creó una compañía de guardabosques cuya principal misión era la de vigilar los montes y la riqueza cinegética de los mismos.

Entre la legislación relativa al ejercicio de la caza, hay que destacar la Real Cédula de 3 de Marzo de 1769, en ella se disponía "Que la veda absoluta de caza, en lo general del reino y todos mis dominios y señoríos, sea y se entienda, publique y observe desde el 1º de Marzo de cada año hasta el fin de Julio, y en los días de fortuna y nieve de los siete meses restantes, o por más tiempo si fuera necesario, o mis intendentes corregidores y justicias en sus distritos y jurisdicciones le tuvieran por conveniente y conducente al logro de mis reales intenciones y consiguiente beneficio de mis vasallos, con el conocimiento práctico de la situación, clima, costumbres y demás circunstancias particulares del terreno montuoso, llano, temprano o tardío en la cría de la caza"

Con posterioridad se publica la Real Cédula de 1772, estableciendo la Ordenanza general de Caza y Pesca modificando algunas disposiciones de la Cédula de 1769, así como la resolución del año 1773, confirmando la citada Cédula de 1769, sobre conocimiento de las contravenciones de la caza por las justicias ordinarias, con exclusión de todo fuero privilegiado.

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Carlos IV

El rey Carlos IV, unificó la heterogénea legislación vigente, redactó el jurista Juan de la reguera, la Novísima Recopilación de las leyes de España, publicada en 1805.

Carlos IV, tenía tanta pasión por la caza que le dedicaba todas las horas del día, tanto fue así que la caza fue causa de una violenta escena entre el favorito Manuel Godoy y el conde de Aranda, quien a pesar de su avanzada edad, tuvo el valor suficiente de acusar a aquel de empujar al rey al desenfrenado ejercicio de la caza, desatendiendo altos deberes, con el fin de tener las manos libres para manejos sospechosos, que llevaría a la Nación a la ruina. El conde de Aranda fue desterrado a su tierra aragonesa.

Entre el 1808 y el 1814, entre la marcha de España de Carlos IV y la vuelta al trono de su hijo Fernando VII, el daño que sufrió la riqueza cinegética fue incalculable. De hecho en el monte del Pardo, fueron exterminados los animales de caza entre las tropas invasoras francesas por un lado y los propios vecinos por otro.

Durante la Guerra de la Independencia, y con posterioridad, la riqueza cinegética sufrió grandes quebrantos.

La Ley General Desamortizadora de 1820, de alto talante individualista de la propiedad, suprimió los derechos gratuitos de la caza en suelo ajeno, y la Ley de 3 de mayo de 1823 unidas a las disposiciones de las Cortes de Cádiz de 1811 y 1813, declaró abolidos los privilegios llamados "privativos y prohibitivos".

Es digno de resaltar, que en 1870, el Barón de San Calixto en su finca de Hornachuelos, estableció un coto de caza mayor sometiéndolo a rigurosas normas entre la que destacaba la total prohibición de disparar contra las ciervas.

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1.870 Prohibición de cazar Hembras de Ciervo
Una de las peores épocas por las que pasó la riqueza cinegética (casi exterminada), ocurrió por la poca o nula afición a la caza demostrada tanto por el rey Fernando VII como por su viuda la reina gobernadora María Cristina de Borbón, como la hija de ambos, Isabel II. Este daño culminó con un verdadero aniquilamiento de la riqueza que quedaba, con la proclamación de la primera República en el año 1873.
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Alfonso XII fue un maestro en la Caza Menor

Todo cambia desde la elevación al trono de Alfonso XII en 1875. El propio rey compró a su costa, parejas de gamos y jabalíes que fueron soltados en los montes del Pardo, al mismo tiempo que ordenó la protección de los pocos venados que existían.

Este rey fue un gran aficionado a la caza, y practicó esta actividad en cotos como Doñana, Picos de Europa, Ledantes en Santander, Riofrio y muchos otros grandes cotos de Andalucía. En la práctica de la caza menor era un verdadero maestro, hasta el punto de que algunos estimaban que la prefería a la mayor.

En 1879, reinando Alfonso XII, fue promulgada en España la verdadera primera Ley de caza. La segunda Ley de Caza fue sancionada el día 16 de mayo de 1902, precisamente un día antes de ser coronado Alfonso XIII, por tanto el último día de la regencia de doña María Cristina de Hasburgo-Lorena.

En honor a la verdad, cabe decir que ninguno de los reyes que le precedieron ha tenido una tan clara visión como Alfonso XIII para valorar la enorme importancia deportiva, social y económica de la actividad cinegética. Todo cuanto pudiera beneficiar a la fauna española y a su ordenado aprovechamiento, encontraba el firme y entusiasta apoyo del rey. Él fue el salvador de especies como la cabra montés y el rebeco del Cantábrico.

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Cabra Montesa

Entre el informe a Alfonso XIII en el año 1915 y la proclamación de la II República en el año 1931, gracias al esfuerzo y amor por la caza de sus propietarios, muchos cotos de caza fueron la causa de la regeneración cinegética nacional. Son digno de mención algunos de ellos.

En Ciudad Real: Cabañeros, El Cerezo, El Sotillo, El Castillo de Prim, El Robledo y las Navas de Estena.

Zona extremeña-toledana: Las Corcheas Valerio y Malicia

Zona andaluza-manchega: El Cerrajero Alameda, La Burrucosa y Arroyo Hondillo

Zona Meridional: Doñana, El Palacio, La Almoraima y La Marismilla

Zona Sierra de Hornachuelos: Chamiceros, El Aguila, El Asiento, El Rincón, La Alta, La Baja, La Mata, Las Aljabas, Las Mesas del Benbezar, Los Angeles, Mezquetilla, Mezquetillas de Parias, Mosqueros, Navas de los Corchos, San Bernardo, Santa María y Torralba.

Zona Sierra de Andújar: El Contadero, El Encinarejo, El Hontanar de Florez, El Manzano, El Risquillo, El Socor, La Torrecilla, Los Escoriales, Lugar Nuevo, Montealegre y Valdelagrana.

La Ley de 4 de Junio de1940, Organizó el Consejo Superior de caza, Pesca Fluvial y Parques Nacionales, en la que participaban entidades tan heterogéneas como Gobiernos Civiles, Delegaciones de hacienda, Juzgados, Servicios dependientes de Ministerios de Agricultura, Comercio, información y Turismo, etc., siendo éste el único cauce legal con suficiente rango jurídico para obligar a todos los cazadores, que la anticuada Ley de caza del año 1902.

Es indudable que todo ello trajo consigo un verdadero problema, que fue subsanado con la promulgación de la Ley de Caza de 4 de Abril de 1970, en la que participaron La Federación Española de Caza representada por su Presidente el Excmo. Sr. D. Jaime de Foxá Torroba, Sociedades Federadas de Cazadores, propietarios de terrenos cinegéticos, agricultores y buenos y grandes aficionados. El Ministerio de Agricultura sometió a juicio de la opinión pública nacional un Anteproyecto de la Ley de Caza elaborado cuidadosamente por los servicios competentes del dicho Ministerio.

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D. Jaime de Foxá
Este fue el proceso laborioso, pero enormemente meditado, de la promulgación de la Ley de Caza de 1970, entre cuyos múltiples objetivos destacan: garantizar la protección de la fauna española, asegurar su conservación y fomento y reglamentar racionalmente su aprovechamiento de tal forma que exista en todo momento una absoluta compatibilidad entre las riquezas cinegética, agrícola, forestal y ganadera del país.
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Paisaje de España

Esta Ley fue durante muchos años, (hoy en día en vigor en algunas Comunidades Autónomas), el más importante bastión para la defensa de la caza en particular y de la Naturaleza en general. De hecho trajo consigo una próspera evolución de la caza en Edad contemporánea, y consiguió que España fuera un paraíso natural envidiado por todos.

A juicio de todos los sectores del mundo de la Caza, la Ley de 1970, ha sido la mejor Ley que ha existido y sin parangón con respecto a las actuales Leyes Autonómicas actuales, que hubieran acertado plenamente si, únicamente se hubieran limitado a adaptar la Ley del 70 a las normativas y leyes del siglo XXI.

La población humana se incrementa y todo ello trae consigo una disminución de la riqueza cinegética, sometida todavía a una fuerte presión depredadora de fieras y alimañas.

La práctica de la caza ha sido un permanente y profundo anhelo de las gentes de todos países y épocas, razón por la cual aparece como un apéndice común en todas las revoluciones la aireada protesta de las clases inferiores contra las superiores porque estas habían acotado terrenos de caza. Sin embargo, una de las primeras medidas demagógicas en tan agitadas coyunturas, ha sido siempre invadir dichos acotados y exterminar rápidamente su riqueza cinegética.

Por ello se ha dicho con razón que la sensatez de un pueblo se mide no solo por lo que sabe crear sino también por lo que sabe conservar.

No obstante la aparición de la abundante legislación reguladora protectora de la mayoría de los gobernantes españoles hacia la riqueza cinegética, ésta con ciertas alternativas, siguió disminuyendo, año tras año, en comparación con la creciente demanda cazadora, hasta que se inició en el siglo XX una apreciable mejoría en el fomento de la citada riqueza, enturbiada por las enfermedades que asolaron y siguen diezmando las poblaciones de conejos.

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Investigación para las vacunas

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Momento de vacunación de conejos

En efecto: de no ser por estas recientes epidemias, podríamos decir con toda seguridad que a pesar del gran número de cazadores 1.200.000 de la perfección de sus modernas armas y de los eficacísimos medios de locomoción de que disponemos, en estos momentos tendríamos en España más animales para ser cazados legalmente que en cualquiera de los diecinueve siglos anteriores. Y ello por obra y gracia de una elevada ética deportiva, practicada por la mayoría de los cazadores, la imprescindible colaboración sazonada de onerosos sacrificios y continuos desvelos de sociedades de cazadores, de propietarios de cotos de caza de carácter privado, imponiéndose una apropiada gestión a efectos de conservación, fomento y racional aprovechamiento de su fauna, que nos permite cierto optimismo generalizado.

Sin embargo, en la historia reciente de España han surgido nuevas plagas infinitamente más perjudiciales que la mixomatosis y la neumonía hemorrágica vírica. Me refiero a la mas caótica legislación cinegética de toda nuestra historia, leyes diferentes de caza, 17 licencias administrativas, decretos y normas contradictorias, prohibiciones a ultranza y un sinfín de disposiciones que denotan un total desconocimiento y una ineptitud por parte de aquellos dirigentes que las imponen que ralla en la imbecilidad.

Amén del oportunismo para conseguir suculentas y millonarias subvenciones que en muchas ocasiones y sin rigor científico de ningún tipo están acabando con todo lo que tanto esfuerzo ha costado conservar.

Jamás he conocido a ningún gobernante hacer una reserva o un parque en un terreno pobre faunísticamente hablando.

Siempre se “protegen” entre comillas, grandes cotos de caza donde nunca antes han intervenido. Y la primera medida que adoptan es prohibir la caza. Doñana, Sierra Nevada, etc. Para a la vuelta de dos o tres años, ordenar en secreto y por los guardas, verdaderas matanzas de reses, ya sea por superpoblación o por enfermedades.

Publicado el 25 noviembre 2010 - 3 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: REFLEXIONES

PALOMA

Existen: la blanca, la parda y la torda.

La llamada "paz", no la conozco, La blanca es de mentalidad limpia, honesta y cariñosa Ama al prójimo como a sí misma.

Come con el sudor de su frente.

La parda,          cree en lo que ve y no en lo que dicen.
No cree ni en angelitos ni en brujas.

Come migas, donde caen o le dan.

La torda         es animal ladrón. Roba las hembras en bando ajeno.

Vuela rápido, bajo y alto. Crea su propia religión y política.

Ama al prójimo para explotarlo. Hay tordas callejeras y silvestres. De palacio, catedral y tiro de pichón.

TROFEOLOGIA
Enfermedad cinegética de nuestros tiempos, soportada vanidosamente por altos y medios bolsillos.

CAMALEON
Animal muy político.
Cambia de color y chaqueta cuando le conviene.
Consigue sus víctimas a través de su larga lengua.

ARAÑA
Especie muy abundante.
Teje su amplia y fuerte tela en todo terreno, político, social y económico.
Unos caen solos y otros con engaños.
Normalmente, les chupa la sangre a través del cerebro.
Animal noctámbulo y peligroso.

CONEJO
Animal de mucho apetito.
Normalmente tiene muchos hijos.
Les gusta picar aquí y allá.
Le sale muy bien "hacer la pelota".
Tiene varias "madrigueras" para defenderse en centros oficiales y otras entidades;
se suelen escuchar "muchas risas de conejo".

ZORRO
Inteligente, astuto, ágil, musculoso y salvaje.
No se le ve con frecuencia, pero sí se le puede "oler", con cierta facilidad, en los comederos comunes: "el dinero".
El zorro frecuenta lugares donde poder utilizar sus facultades para poder vivir lo mejor posible sin comprometerse.

ALCACHOFA
Fruto bueno y tierno, pero para llegar a su corazón hay que despojarle de hojas muy amargas.

LAPA
Molusco muy pegadizo. En cafeterías y lugares de recreo existen muchos y muchas "lapas".

 

LINCE
El lince es un animal internacional. Vive en los barrios altos y en los bajos. Tiene buena vista, olfato y oído.
Se le dan bien los negocios, la política y los sindicatos.
Pequeño felino de corazón grande, procura comer en todas las mesas, maneja bien la derecha y la izquierda, es hábil para esconderse o trepar. El lince, con carrera, es extraorinario, sin carrera mejor.
Se alimenta de animales inferiores. Animal perfecto, a pesar de su tamaño.

TORTOLO
Especie definida entre jóvenes de 60 y 80 años que todavía no han plegado sus alas afectivas.

 

PERCEBE
Locuelo, afeminado y vanidoso. "Tonto del Bote".

 

GAVILAN
Rapaz de poca monta, pero de mucha vista.

LANGOSTINO
Animal pechugón y estirado. De color rojizo y bronceado. Amigo de playas turísticas. Y vida fastuosa. Carne de lobos.

GAMBA
Animal femenino. Cuerpo exuberante y bien formado. Gustos refinados, atractiva y coqueta. Atrae perfectamente a los "langostinos", "percebes", "alcachofas", "pichones", etc...

AGUILA
Animal de altos vuelos y buena vista, poder en sus garras, esbelto y luchador, mira al suelo conconstancia y se fija poco en el cielo, aunque vive en él.
Donde pone el ojo, pone la garra come lo justo y lo apetecible.
El resto, lo deja como carroña para los demás.

CASTOR
Trabajador, honesto y limpio. Gusta de la tranquilidad del hogar. Animal abundante en nuestro medio ambiente. Desgraciadamente, los predadores, la contaminación y los Politicos, están acabando con tan perfecta especie.

LOBO
Animal salvaje muy televisivo. Es el "coco". Se come a los niños. Hay lobos salvajes, asilvestrados y de granja.
El salvaje, vive en su terreno y se alimenta en él.
El asilvestrado, es un "mote" tapadera de circunstancias actuales.
El de granja es el descendiente de lobos salvajes, criado a biberón por los humanos; bien peinadito para salir en la tele.

CAZADOR
Hombre justo, cuando es cazador de verdad y no escopetero.

ESCOPETERO
Hombre que lleva escopeta para matar y no para cazar.

LOBO DE DOS PATAS
Animal salvaje de asfalto que con piel de cordero hace estragos en la sociedad.

GANSOS
Andan y vuelan en solitario o en bandadas organizadas. Hoy en día, además, son "sucios y antisociales" dicese de los que pertenecen a los sindicatos.

TORDOS
Hay tordos de campanario, tordos de oficina, tordos de federación, etc...
Tordos de mucho pico y estómago, de mucho volar y poco trabajar.

VENADOS
Siempre ha habido y habrá, mucho venado suelto por la calle, luciendo magníficas cuernas merecedoras de la máxima homologación.

VENADOS MEDALLA DE ORO
Estos venados, normalmente, no atacan: muerden.

JABALIES
Animal salvaje, de pelo y cuello duro. A veces llevan corbata y porta-folios, luchan por conseguir fincas y poder. Algunos son llamados "cochinos" por lo cerdos que son.
Muchos jabalíes son trabajadores de verdad, luchan duramente en la vida, gastándose el colmillo.
Casi nunca triunfan.

PICHON
Animal ambidiestro. Es cazado deportivamente en campos adecuados por otros pichones adinerados. Se dice, de animales que pican y muerden ciertos anzuelos. La hembra del pichón gusta de hermosos cebos: Yates, apartamentos, etc...

ESPERO QUE OS GUSTE ESTA PEQUEÑA REFLEXION

                                               SALU  2


Publicado el 25 noviembre 2010 - 0 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: ORACIONES DE CAZA
Oración de San Huberto

San Huberto!, rey de los cazadores.

Tú que galopaste por montes y quebradas,
tú que perseguistes ciervos y leones,
tú que derramaste sangre montesina,
tú que empuñas cetro y jabalina,
tú, santo compañero, nuesto guía y patrón,
líbranos de todos los peligros que en el monte acechan.

Líbranos, Señor: de roca que resbala y nos despeña; del rayo, precipicio y avalancha; del caballo que ciega y se desboca; de pólvora que estallla y bala perdida.

Por tu luz milagrosa, protégenos, Señor.
Por tu ciervo o jabalí herido, danos tu perdón.

San Huberto, rey de los cazadores, ruega por nos.

Publicado el 25 noviembre 2010 - 0 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: ORACIONES DE CAZA
Salve de los Monteros
Dios te salve, Virgen de la Cabeza, Reina y Madre de misericordia, que desde las solanas del Jándula, Atalaya sois de las cumbres incómodas.

Vida, Dulzura y Esperanza nuestra en la grandeza de vuestro altar serrano, que cierran en columnas de rocas enmontadas los peñones del Tamujar y del Rosalejo, sobre los azules retablos de la Sierra Madrona.

Dios te salve, Patrona de los viejos monteros.
A tí llamamos, Señora de las pedrizas y de las umbrías, los desterrados hijos de Eva, que ven en Vos la luz inmaterial que ilumina los riscos.

A tí, suspiramos, Patrona de los portillos y de las manchas, gimiendo y llorando en este valle de lágrimas, que a tus pies dividimos para tu patronazgo en esos valles del Estena y del Benbézar, del Bullaque y del Sardinilla, del Jándula y del Guadiana, que en el mapa de España mosaico son de nuestra humilde ofrenda.

Ea, pues, Señora, Abogada nuestra, desde tu alto Santuario, laureado y castrense, bendice aquellos suelos que tu mirar sencillo endulzó siempre y cierra desde la áspera negrura de Los Alarcones y El Contadero, hasta la sonrisa soleada de Valdelagrana y el Socor, el garabato femenino de tu bendición generosa.

Vuelve a nosotros esos tus ojos misericordioso, para que la fuerza de tu amparo se extienda a los lejanos alcornocales de Hornachuelos y de la Sierra de San Pedro; a los bravíos montes de Ciudad Real y Toledo; a los sabinares de Castillejo de Robledo, a las nieves del Pirineo y de Cantabria, donde unos hombres de buena voluntad, adorando a la creación entera, en Tí adoran a la más alta y tierna de las criaturas.

Y después de este destierro, Virgen Santa de Andújar, muéstranos a Jesús, fruto bendito de tu vientre.

¡Oh Clementísima! ¡Oh piadosa! ¡Oh Dulce siempre Virgen María! Protege a cuantos aman las soledades que te sirven de manto y el aire puro que es corona de luz en tu Santuario.


Ruega por nos, Santa Madre de Dios, par que seamos dignos de alcanzar tus mercedes en el servicio de los caballerosa regla de intemperies, que ya condujo a Eustaisio el Romano, a Germán el Galo y a Huberto el de Aquitania, por la senda que lleva a gozar de las promesas de Nuestro Señor Jesucristo. Amén.

Publicado el 25 noviembre 2010 - 1 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: CURIOSIDADES

QUERIDOS AMIGOS Y COMPAÑEROS DE CAZALIA:

LA COMPLEJIDAD DE LOS ESTUDIOS DE LOS DIRIGENTES, EXIGE LA PRECISIÓN Y LA DETERMINACIÓN DE LAS ACTITUDES DE LOS MIEMBROS HACIA SUS DEBERES INELUDIBLES,SIN EMBARGO NO DEBEMOS OLVIDAR EL AUMENTO CONSTANTE, EN CANTIDAD Y EN EXTENSIÓN, DE NUESTRA ACTIVIDAD, QUE POR OTRA PARTE AYUDA A LA PREPARACIÓN Y A LA REALIZACIÓN DE LAS NUEVAS PROPOSICIONES.

LA PRÁCTICA DE LA VIDA COTIDIANA PRUEBA QUE NUESTRA ACTIVIDAD DE INFORMACIÓN Y PROPAGANDA,FACILITA LA CREACCIÓN DE LAS CONDICIONES DE LAS ACTIVIDADES APROPIADAS.

EL AFAN DE ORGANIZACIÓN, PERO SOBRE TODO EL REFORZAMIENTO Y DESARROYO DE LAS ESTRUCTURAS OFRECE UN ENSAYO INTERESANTE DE VERIFICACIÓN DEL MODELO DE DESARROYO, INCLUSO BIEN PUDIERAMOS ATREVERNOS AUN RELANZAMIENTO ESPECIFICO DE TODOS LOS SECTORES IMPLICADOS LO QUE ASEGURA, EN TODO CASO UN PROCESO MUY SENSIBLE DE INVERSIÓN DE LOS ELEMENTOS GENERADORES Y DE UNA SERIE DE CRITERIOS IDEOLOGICAMENTE SISTEMATIZADOS EN UN FRENTE COMUN DE ACTUACIÓN REGENERADORA.

POR ÚLTIMO Y COMO DEFINITIVO ELEMENTO ESCLARECEDOR, CABE AÑADIR QUE EL PROCESO CONSENSUADO DE UNAS Y OTRAS APLICACIONES CONCURRENTES DERIVA DE UNA INDIRECTA INCIDENCIA SUPERADORA DE TODA UNA SERIE DE CRITERIOS IDEOLOGICAMENTE SISTEMATIZDOS EN UN FRENTE COMUN DE LA MISMA ACTUACIÓN REGENERADORA.

SIN MAS QUE DECIROS DE MOMENTO Y ESPERANDO QUE LO DICHO HAYA DESPEJADO UN POCO LAS DUDAS QUE ME PLANTEAIS, ME DESPIDO CON UN AFECTUOSO SALUDO.

TITO BALLESTEROS 

 

PROXIMO PRESIDENTE DEL GOBIERNO.

 

COMO VEREIS PARA HACER DISCURSOS Y AL FINAL NO DECIR NADA , SOLO LES HACE FALTA A LOS QUE NOS GOBIERNAN ALGUIEN CON LA CABEZA UN POCO DESPEJADA.    

 

Publicado el 24 noviembre 2010 - 2 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: CONVENIOS

                                    

EN VALLADOLID A 24/11/2010

                      CONVENIO     LABORAL     2011.



VESTIMENTA:


·       Le sugerimos que venga vestido/a de acuerdo a su salario. Si le vemos calzando unos Martinelli o con un bolso Gucci, asumiremos que su situación económica es boyante, y por lo tanto no necesita un aumento de sueldo.

·       Si viste miserablemente, entenderemos que usted necesita aprender a administrarse mejor, para que así pueda comprar ropa de mejor calidad, y por lo tanto usted no necesita un aumento de salario.

·       Si viste usted en un termino medio, quiere decir que usted está exactamente donde tiene que estar, y por lo tanto no necesita un aumento en su nómina.

 
 
 
 

 

 
 

DÍAS POR ENFERMEDAD

 

·       De ahora en adelante no aceptaremos un justificante médico como prueba de que estuvo enfermo. Si usted puede ir al médico, lógicamente usted puede venir a trabajar.

 

 

 

CIRUGÍA

 

·       Todas las cirugías están prohibidas. Mientras usted trabaje para esta empresa necesita todos sus órganos. Nosotros le
contratamos a usted intacto. Cualquier extirpación constituye una violación al contrato de trabajo.

 

 

DÍAS POR ASUNTOS PROPIOS

·       Todo empleado y empleada recibirá 104 días para asuntos propios durante el año. Estos se llaman sábado y domingo. 

DÍAS DE VACACIONES

·       Todas las empleadas y los empleados de la empresa tomarán sus vacaciones en las mismas fechas todos los años. Los días de vacaciones serán los siguientes: 1 de enero, 12 de octubre y 25 de diciembre.

DÍAS POR FUNERAL

·       No hay excusa para faltar al trabajo. No hay nada que usted pueda hacer por amigas/os, familiares o compañeros/as de trabajo muertos. Debe hacer los esfuerzos para que a los funerales asistan personas que estén desempleadas. 

·       En casos muy especiales donde la presencia del empleado o empleada sea necesaria, el funeral se debe organizar en las últimas horas de la tarde. Nosotros le permitiremos trabajar de continuo durante su hora de comida para que así pueda salir una hora antes, siempre y cuando su parte del trabajo haya sido cumplida.

AUSENCIA POR PROPIA DEFUNCIÓN

·       Esta será una excusa aceptable. Sin embargo, le requerimos por lo menos dos semanas de pre-aviso ya que es su responsabilidad entrenar a su sustituto o sustituta.

USO DE LOS BAÑOS

·       Hasta hoy se ha perdido mucho tiempo en los baños. En el futuro, utilizaremos la práctica de ir al baño en orden alfabético. Por ejemplo todos los empleados/as cuyos nombres comiencen por “A” irán de 9:00 a las 9:20

·       Si no tiene ganas de ir en la hora que le toca, será necesario que espere al próximo día cuando su turno llegue otra vez. En casos de emergencias extremas, el empleado/la empleada podrá cambiar su turno con el de algún otro empleado/a. Los supervisores y supervisoras de ambos empleados deberán aprobar el cambio de turno por escrito.

·       Además, tendrán un límite de tres minutos en los aseos. Al final de los tres minutos, sonará una alarma, el rollo de papel se retractará, la puerta del inodoro se abrirá y se le tomará una foto como prueba de la infracción. Después de dos infracciones su foto
se colocará en el tablón de anuncios bajo la categoría "Infractores Crónicos".

HORARIO DE COMIDA

·       Las personas delgadas tendrán 30 minutos para comer, ya que necesitan comer bastante para poder lucir sanos.

·       Las personas de tamaño normal tendrá 15 minutos para la comida, como garantía de un almuerzo sano y equilibrado y así mantener la línea.

·       A los menos delgados/as se les dará 5 minutos ya que éste tiempo es más que suficiente para tomarse una galleta de "Biomanán" y una pastilla quema-grasas. 
 

Gracias por su lealtad a mi empresa. Nosotros estamos aquí para procurarle la
experiencia de un empleo positivo, que le realice como persona a través
del trabajo.

SR. BALLESTEROS

FOMENTO Y TECNICAS DE CONSTRUCCION SL

Publicado el 15 noviembre 2010 - 0 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: PAYASADAS

 

HORÓSCOPO PARA CAZADORES
 
ARIES:
Eres del tipo pionero y piensas que los demás son gilipollas. Te crees honesto, independiente y poderoso…, pero eso sólo te lo crees tú. Eres impaciente, tienes mal carácter y te burlas de los consejos. Adoras mandar y que todo se haga siempre de la maldita forma que tú quieres. Tienes el don de tocar los huevos a quien quiera que se cruce en tu camino. Aspiras a dominar el mundo pero realmente no eres capaz de dominar ni un caniche. Eres un blandengue de mierda.
Son buenos aries los jueces, las suegras y los profesores de educación física.
 
 
 
TAURO:
Eres una persona pragmática y persistente. Tienes una determinación férrea y eres la hostia de trabajador porque nunca haces las cosas bien a la primera. Crees tener razón en todo cuando realmente casi siempre la estás cagando, siendo tan capullo que ni admites ni te disculpas cuando has metido la pata. La mayoría pensamos que eres un cabezón, pero lo que realmente eres es un puto gilipollas.
Son buenos decoradores y vendedores de enciclopedia puerta a puerta.
 
GÉMINIS:
Eres un pensador rápido, inteligente, comunicativo y curioso…, siendo realmente un falso un perfecto manipulador. Le caes bien a la gente porque eres bisexual. Normalmente esperas mucho a cambio de muy poco. Esto te convierte en un agarrado bastardo de mierda. Te importan una mierda los sentimientos de los demás. Los géminis son conocidos por sus impulsos incestuosos. Me daría vergüenza ser géminis.                  
 
 
 
 
 
CÁNCER:
Eres una persona que comprende los problemas de los demás; esto te convierte en un julai. Siempre dejas las cosas para más tarde, en consecuencia parasitarás toda tu vida a los demás y no valdrás una mierda. Consideras que siempre tienes mala suerte y que nadie te quiere. Sensible, compasible y emotivo, te desempeñas perfectamente como peluquero, mejor amigo/a y romanticista.., lo que es lo mismo que nada. En la cárcel todo el mundo es cáncer.
 
 
 
 
 
 
LEO:
Te consideras un líder nato, -la última coca-cola del desierto-, pero todo el mundo piensa que eres un idiota. La mayor parte de los leo son abusones. Eres vanidoso, impaciente y no toleras crítica alguna. Tu arrogancia da náuseas. Los leo son unos tremendos cabronazos y prefieren masturbarse a tener sexo.
Te pega la profesión de policía o dictador.
 
 
 
 
 
VIRGO:
Trabajador, analítico, tímido, exagerado y cansino. Eres una persona lógica que odia el desorden. No te limpias el culo por no ver la mierda en el papel. Tu obsesión por la perfección enferma a la gente que te rodea. Eres tan frío que a menudo te quedas dormido mientras follas. Los nacidos bajo virgo son buenos barrenderos, haciendo rompecabezas y puzzles.
 
 
 
 
 
LIBRA:
Tienes un gran talento artístico y problemas con la realidad. Vives en las nubes. Sientes siempre la necesidad de proteger a los demás y luchar contra las injusticias. Eres terco e irritante hasta el límite. Si eres hombre, posiblemente seas rarito. La mayoría de las mujeres libra son putas. No tienes ninguna posibilidad de terminar en un buen puesto de trabajo o ganando mucho dinero. Eres bueno ejerciendo de abogado, arquitecto o gerente de albergues de vagabundos. Todos los nacidos bajo este signo mueren de enfermedades venéreas.
 
 
 
 
 
ESCORPIO:
El peor de todos! Desconfiado, vengativo, obsesivo, rencoroso, frío, orgulloso, maligno, cínico y calculador. Eres una persona astuta para los negocios y no se puede confiar en ti. Llegarás a la cumbre del éxito por tu total falta de escrúpulos y ética. Eres un perfecto cabrón hijo de puta. Sólo amas a tu madre y a ti mismo.., qué digo!! A veces ni a tu madre! Los escorpio son buenos terroristas, nazis, fiscales de impuestos y árbitros de fútbol. La mayoría mueren ASESINADOS.
 
SAGITARIO:
Eres optimista, aventurero y entusiasta, lo que se traduce en la realidad en exagerado, indisciplinado, irresponsable e infantil. Tu falta de talento te obliga a confiar en la suerte. En consecuencia casi todos los pertenecientes a este signo son alcohólicos o drogadictos. Nixon era sagitario. Eres un patético pedazo de mierda que no sabe ni apestar con estilo.
 
 
 
 
 
 
 
 
CAPRICORNIO:
Eres una persona conservadora, seria, inflexible como una barra de acero inoxidable y temerosa de afrontar riesgos. Básicamente eres un cobarde. Tu fidelidad y paciencia no son argumentos suficientes para esconder tu materialismo y ambición. Tendrías éxito como banquero, prestamista y contando el dinero de tu esposa o esposo. Jamás existió un capricornio de relevancia. Deberías considerar el suicidio.
 
 
 
 
 
ACUARIO:
Eres de mente ingeniosa e inventiva. Eres todo un cabronazo mentiroso. Cometes los mismos errores una y otra vez porque eres tonto, es lo que hay, acéptalo. Adoras las novelas y no admites que te encanta reunirte en grupo para hablar de moda. Todo el mundo piensa que eres un cretino. Los acuario son óptimos sindicalistas.
 
 
 
 
 
 
PISCIS:
Soñador, místico y sensible. Tienes una imaginación muy viva y a menudo piensas que te persigue la CIA o el FBI. No tienes influencia entre tus amigos y la gente te odia y se mea de la risa cuando pretendes imponerte. Te falta confianza en ti mismo. Si eres hombre y la tienes pequeña, tus posibilidades de volverte marica son altas. Las mujeres son buenas presentadoras de programas infantiles y actrices porno. Tus consejillos superfluos acaban con la paciencia de todos los que están a tu alrededor. Serás un chupapollas de gran renombre.
 
BUENO   SALU  2 Y ESPERO QUE OS GUSTE
Publicado el 10 noviembre 2010 - 1 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: COMPRA-VENTA

Hola a todos, soy Tito , tengo tres móviles para vender: dos que ya no uso.

(les iba cambiando la tarjeta para no andar con dos números distintos) y uno que nunca he usado.

Si os interesan, os lo dejo superbaratos. Con la crisis hay que vender de todo para conseguir liquidez. 
  
 
 

 

 

AL FINAL DEL E-MAIL VIENEN LAS FOTOS Y, CUALQUIER DUDA, ME AVISAIS.

Los teléfonos son los siguientes:



1. Un Nokia prácticamente nuevo, con cámara de alta resolución.


2. Un Nokia modelo algo antiguo, pero tiene cámara y modo vibrador.


3. Un Ericsson con juegos.





Si no queréis ninguno, no hay problema. Seguiremos siendo tan amigos como siempre.




 
Os lo agradeceré infinitamente, pues necesito dinero URGENTE para cubrir gastos.


¡Salu 2!

  
 


 

 

 

 

 

1. Un Nokia prácticamente nuevo, con cámara de alta resolución...una pasada


alt



2. Un Nokia modelo algo antiguo, pero tiene cámara fotográfica y vibrador...


alt


3.. Un Ericsson con juegos.


alt

 
¡¡¡un fuertisimo abrazo!!!
Ja, ja, ja...

                                       SALU 2

Publicado el 8 noviembre 2010 - 0 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: CURIOSIDADES

SOLAMENTE PARA QUE  COMPARES .

 




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Roselyne Bachelot-Narquin

Edad : 64 años
Estudios : Doctora en Farmacia
Experiencia profesional :

Delegada de información médica en el laboratorio ICI Pharma de 1969 a 1976
Propietaria de una farmacia en Angers de 1984 a 1991
Relaciones públicas en Soguipharm de 1984 a 1989
Miembro de la junta directiva de la Clínica Universitaria de Angers 1986 a 2004

Presidenta de la Asociación Parlamentaria Euro-árabe, de 1998 a 2002
Ponente General del Observatorio sobre Paridad entre Hombres y Mujeres, de 1995 a 1999
Presidenta del Consejo Nacional de Personas Discapacitadas, de 1995 a 1998

Últimas obras publicadas

Le combat est une fête. Editorial Robert Laffont, 2006
Les maires : fête ou défaite ? Editorial Anne Carrière, 2002
Le Pacs, entre haine et amour. Editorial Plon, 2000

Experiencia política :

Ministra de Salud, Juventud, Deportes y Vida Asociativa de 2008 a 2010
Diputada en el Parlamento Europeo, desde 2004
Ministra de Ecología y Desarrollo Sostenible, de 2002 a 2004
Diputada de Maine-et-Loire, de 1988 a 2002
Consejera Regional de Pays de la Loire, desde 1986
Vicepresidenta del Consejo Regional de Pays de la Loire, de 2001 a 2004
Consejera Regional de Maine-et-Loire, de 1982 à 1988



alt

Ana Maria Teodoro Jorge

Edad : 60 años
Estudios : Licenciada en Medicina, especialidad Pediatría
Experiencia profesional :

Coordinó la Sub-Región de Salud de Lisboa entre 1996 y 1997 y trasladada a la junta directiva de la Administración de Salud Regional de Lisboa e Vale do Tejo, entre 1997 y 2000, que presidió.

Fue asistente de médico del hospital pediátrico en el Hospital D. Stephanie y el Hospital Garcia de Orta ( Almada ), donde también fue director del servicio de pediatría, inicialmente por tres meses (enero a marzo) de 1996, y desde junio de 2001 para asumir las funciones del Ministro de Salud en enero de 2008

Fue representante del Ministerio de Salud en el Grupo de Trabajo junto con los Ministerios de Educación y de la Seguridad Social , al problema de la intervención temprana (1994-1996)

Fue asistente en la Escuela Nacional de Salud Pública (especialidad de la madre, niño, del adolescente y la escuela) desde 1985 hasta 1992 y monitores de la presidencia del general terapéutica de la Facultad de Medicina de la Universidad de Lisboa en los años lectivos 1973-1974 y 1974-1975

Tiene más de treinta artículos publicados en diversas revistas y presentado más de cien ponencias y comunicaciones.

Presidió el Comité de Ética del Hospital Garcia de Orta (Almada)

Miembro de la Junta de Pediatría del Colegio Médico de la Asociación Médica (1993-1998) y la dirección nacional de la Liga portuguesa contra la Epilepsia (1987-1994), y también presidió la delegación en Lisboa (1994-1996)

Fue miembro de la junta de la sección de desarrollo de la Sociedad de Pediatría de 1994 a 1997 y es co-coordinador del sector de la humanización del Instituto de Sustento de Menores desde 1998

Experiencia política : Ministra de Salud de 2008 a 2010




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Ferruccio Fazio

Edad : 66 años
Estudios : Licenciado en Medicina
Experiencia profesional :

Profesor de Medicina Nuclear en la Universidad de Milán

En 1977 , instaló el primer PET en Europa en el Hospital Hammersmith en Londres , en 1988 la clínica de PET por primera vez en Italia en el ' Hospital San Raffaele de Milán , y en 2004 instaló la Tomoterapia por primera vez en Europa en la misma clínica

Experiencia política :

Secretario de estado de Sanidad
Viceministro de Salud
Ministro de Salud




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Leyre Pajín

Edad : 34 años
Estudios : No ha terminado Sociología
Experiencia profesional : Ninguna
Experiencia política : Lleva en el aparato del "partido" desde los 16 años

Secretaria de Movimientos Sociales y Relaciones con las ONG del PSOE de 2000 – 2004
Secretaria de Estado de Cooperación Internacional de 2004 – 2008
Secretaria de Organización del PSOE de 2008 - 2010
Diputada y Senadora.

Y AHORA MINISTRA HAY QUE JODERSE.



Por este orden, esos son los perfiles de los ministros de Sanidad de Francia, Portugal, Italia y España.

COMO VEREIS DEBEMOS ENCIMA ESTAR ORGULLOSOS DE CONTAR CON ESTA BOCACHOCHO.

 

SALU 2

 
 
 
Publicado el 19 octubre 2010 - 0 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: PAYASADAS

 

LAS 50 MENTIRAS QUE SE DEBEN APRENDER DE MEMORIA
 
 
 
1. Este año si me pongo a estudiar.
2. No te va doler.
3. Un momento y nos vamos.
4. Justo te iba a llamar ahora
5. Por mi madre que nunca más vuelvo a beber.
6. YO?...Con esa??...NUNCA!!!!!!! NI BORRACHO!!!
7. El profe me tiene manía.
8. ¿Que te debo algo?...ni me acordaba.
9. Perdimos por el árbitro.
10. Pasé el semáforo en ambar (amarillo).
11. Ponlo tú que mañana te lo pago.
12. Te lo juro por mi madre que te lo mandé.
13. No, no te preocupes;...yo te llamo.
14. Ayer estaba enfermo.
15. El día 1 dejo de fumar.
16. Se me perdió tu número de teléfono.
17. Veo si tengo correo y me desconecto.
18. Justo estaba pensando en ti.
19. Solo somos amigos.
20. Se cayó solo y se rompió.
21. Pero si yo estudié esta vez!!!
22. Me gustaste desde la primera vez que te vi!
23. Sí, sí ¡ yo voy.......seguro.....
24. Te queda muy bien!!!!
25. Te juro que no se lo voy a contar a nadie.
26. El lunes empiezo la dieta.
27. Sí, salí con ella, pero no paso nada.
28. Tienes los ojos más lindos que ví en mi vida.
29. Yo?..Ir a esos lugares?...Nunca!
30. Sí, choqué, pero la culpa la tuvo el otro.
31. Borracho, borracho nunca estuve... solo un poco alegre.
32. Es en serio que Playboy tiene un Web?
33. No, no tengo teléfono...pero dame el tuyo que yo te llamo.
34. Te estuve llamando, pero comunicaba.
35. Qué pena que no fuiste. Fue increíble !!! Como nos lo pasamos!!!
36. Jamás te olvidaré.
37. Llámame en cinco minutos que estoy en una reunión.
38. Mis ojos están rojos porque estoy resfriado.
39. Es la puntita nada más mi amor.
40. A uno de mi pueblo también le pasó
41. No escuché cuando sonó el móvil, debe ser que me quedé dormido.
42. Hola,¿papá? Que me quedo a dormir en casa de un amigo.
43. Mañana te traigo tus  C D's ...
44. Dame tiempo... tengo que aclarar mis ideas.
45. Se me perdió tu correo, a ver, dámelo.
46. Ve con calma, yo te cuido a tu chica.
47. Yo a ella la veo como amiga.
48. Yo y mi ex ahora somos amiguísimos.
49. Cuando me case nunca más voy a mirar a otra.
50. Te querré siempre.
 
SALU 2 CAZADORES
Publicado el 19 octubre 2010 - 0 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: PAYASADAS

 

COMO SATISFACER A UNA MUJER......... Y A UN HOMBRE????
 
1- COMO SATISFACER A UNA MUJER...
 
Debe lamerla, manosearla, coquetearle, acariciarla, alabarla, mimarla, saborearla, masajearla, darle una serenata, felicitarla, apoyarla, regalarle flores, alimentarla, darle de comer en la boca, bañarla, complacerla, aplacarla, estimularla, acariciarla, consolarla, ladre, ronronee, abrácela, consiéntala, excítela, pacifíquela, protéjala, telefonéele, correspóndale, anticípese, recuerde las fechas, besuquéela, atiéndala, perdónela, sacrifíquese, corra, salga, vuelva, pida, suplique, entreténgala, entréguese, encántela, arrástrese, demuestre igualdad, oblíguela, fascínela, célela sin excesos, asístala, implórele, grítele, aféitela, confíele, zambúllase, gire, bucee, rebájese, ignórela, defiéndala, ordéñela, haláguela, vístala, móntela, presuma, perfúmese, prevalezca, racionalice, desintoxíquela, santifíquela, ayúdela, reconózcala, actualícese, acéptela, acéitela, escúchela, entiéndala, cepíllele el cabello, ruegue, pida prestado, robe, suba, nade, sostenga su pelo mientras ella está vomitando en el retrete, resucítela, repare, remiende, respétela, entreténgala, camélela, alíviela, asesine, muérase, sueñe, de, prometa, exceda, entréguese, fastídiela, enciéndala, aflíjase, engatúsela, murmúrele al oído, acurrúquese, elévela, enérvela, alíviela, sírvale, frótela, sálvela, úntela, mordisquéela, satisfágala, llévela, arrástrese como un cangrejo en el suelo del océano de su existencia, eche, vuele, gire, resbálese, apriétela, hidrátela, humedézcala, enjabónela, mójela, séquela, ámela, pliéguese, congráciese, complázcala, deslúmbrela, asómbrela, encántela, idolátrela y ríndale culto, léase todos los libros de cómo hacerle el amor a una mujer... entonces regrese y hágalo todo de nuevo...
 
     2-            AHORA COMO SE PUEDE SATISFACER A UN HOMBRE  ???
 
 
 
 
 
 
 
 

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.HAGALE SEXO ORAL.   “”Que fáciles somos””
 
Publicado el 14 octubre 2010 - 1 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: PAYASADAS

              ALGUNA VEZ OS HABEIS PREGUNTADO 

                                                                     EL SIGNIFICADO DE 100%


                                   QUE ES DAR MAS DEL 100%???


¿Alguna vez te has preguntado cómo son esas personas que nos gobiernan sin la mas minima preparación y nos quieren hacer creer que dan MÁS del 100%? 

Quien de nosotros no a asistido a reuniones en las que alguien nos ha pedido que demos MÁS del 100%.

¿Qué les pareceria alcanzar el 103%?  creen que seria posible?? 

¿De qué está compuesto el 100% en esta vida?

A continuación figura una simple fórmula matemática que puede que les ayude a responder a estas preguntas:


SI:


A B C D E F G H I J K L M N Ñ O P Q R S T U V W X Y Z

equivale a los siguientes números:


1  2  3  4  5  6  7  8  9  10  11  12  13  14  15  16  17  18  19  20  21  22  23  24  25  26  27

Entonces…


T-R-A-B-A-J-A-R

21+19+1+2+1+10+1+19 =
74%

S-A-B-I-D-U-R-I-A

20+1+2+9+4+22+19+1 =
78%

D-E-C-I-S-I-O-N
 

4+5+3+9+20+9+16+14= 80%

 

I-N-I-C-I-A-T-I-V-A

9+14+9+3+9+1+21+9+23+1= 99%


D-E-S-E-M-P-E-Ñ-O

4+5+20+5+13+17+5+15+16 =
100%

 

A PARTIR DE ESTA PROPORCIÓN, PASAMOS A LA QUE NOS OFRECEN ESAS MENTES QUE NOS GOBIERNAN ACTUALMENTE,

                                                               ""LOS MEJOR PREPARADOS""

 

 

L-A-M-E-C-U-L-O-S
12+1+13+5+3+22+12+16+20 = 104%

I-N-Ú-T-I-L-E-S
9+14+22+21+9+12+5+20 = 112%

M-E-N-T-I-R-O-S-O-S
13+5+14+21+9+19+16+20+16+20 = 153%

 

C-H-U-P-O-P-T-E-R-O-S-O-S
3+8+22+17+16+17+5+16+20+16+20 = 160%

 

S-I-N-V-E-R-G-U-E-N-Z-A-S
20+9+14+5+19+7+22+5+14+27+1+20 = 163%

 

 

MORALEJA

En base a esta teoría, podemos afirmar, que es matemáticamente cierto que en algunas empresas:


No es aconsejable
TRABAJAR, tener SABIDURÍA,  tener DECISION e INICIATIVA,  y un buen DESEMPEÑO, porque solo te llevan como mucho al 100%, y están más valorados los LAMECULOS, INÚTILES, MENTIROSOS, CHUPOPTEROS y SINVERGUENZAS; porque sobrepasan con creces el 100%.

 

                     BUENO QUE SALUDOS A TOD@S

Publicado el 11 octubre 2010 - 1 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: PAYASADAS

INFORMÁTICA FÁCIL - QUÉ ES EL LOOPING 
 
Para quien no conoce el concepto de looping, es un término que crearon los informáticos para definir un enredo 
de los tantos que se han creado y para lo cual no tienen una explicación sencilla para aclarar el problema. 

Haciendo un poco de esfuerzo trataré de explicaros en pocas palabras este famoso término. 

Se dice que un programa de informática "entró en un looping" como cuando ocurre la siguiente situación: 
 
 
El DIRECTOR llama a su secretaria y le dice:

- Rosa: Tengo un seminario en Argentina por una semana y quiero que me acompañe para que conozca a mis socios. 
Haga los preparativos del viaje... 
 
La secretaria llama al marido: 
  Oye Tito, Voy a viajar al extranjero con el director por una semana. Tendrás que quedarte solo esa semana, querido. 
 
Tito: llama a la amante: 
Rocio, mi tesoro: La bruja va a viajar al extranjero durante una semana, vamos a pasarnos esa semana juntos,  mi reina... 

La amante llama al niño a quien le da clases particulares: 
Fredy: Tengo mucho trabajo la próxima semana... No tienes que venir a dar clase... El niño llama a su abuelo: 
Oye abuelo: La próxima semana no tengo clases, mi profesora estará ocupada. Así que por fin... ¡Vamos a poder  pasar la semana juntos! 

El abuelo (que es el DIRECTOR en esta historia) llama a la secretaria: 
Rosa, venga rápido: Suspenda el viaje, voy a pasar la próxima semana con mi nieto que hace un año que no lo veo,  por lo que no vamos a participar en el Seminario. Cancele el viaje y el hotel. 

La secretaria llama al marido: 
Tito cariño: El payaso del director cambió de idea y acaba de cancelar el viaje, se fastidió el ir a Argentina. 
 
 Tito rapidamente llama a la amante: 
Amorcito, disculpa: No podremos pasar la próxima semana juntos, el viaje de la bruja de mi mujer fue  cancelado. 
 
La amante llama al niño de las clases particulares: 
Fredy: Mira, cambié de planes; esta semana te voy a dar clases como siempre. 
 
 Fredy llama al abuelo: 
Abuelo: la pesada de mi profesora me dijo que esta semana sí tengo clases normales, discúlpame, no voy a poder  hacerte compañía. 
 
El abuelo llama a la secretaria:  Rosa: Mi nieto me acaba de decir que no va a poder estar conmigo esta semana porque tiene clases. Así que continúe con los preparativos del viaje al seminario... 

> ¿¿¿Te quedó claro lo que es un looping...???

ME IMAGINO QUE OS HABRA QUEDADO BASTANTE CLARO , LA PROXIMA SEMANA SEGUIREMOS CON LA SIGUIENTE CLASE.

SALU 2  DEL DIRECTOR...O EL AMANTE..O LA SECRETARIA O YA NO TENGO NI IDEA DE QUIEN SOY.

Publicado el 8 octubre 2010 - 0 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: PAYASADAS

EL USO CORRECTO DE LOS PARÉNTESIS

(_!_) Un culo normal...

(__!__) Un culo gordo...

(!) Un culo chiquito...

(_._) Un culo mucho tiempo sentado...

{_!_} Un culo celulítico....

(_o_) Un culo con mucho 'kilometraje'...

(_O_) Un culo con mucho más 'kilometraje'...

(_*_) Un culo roto...

(_x_) Un culo fruncido....

(_X_) Un culo clausurado...

(_$_) Un culo que vale oro.....

[_T_] Un culo cuadrado...

(_:_) Un culo raro.

(_@_) Un cyberculo...

(_?_) Un culo misterioso...

(_#_) Un culo lastimado...

(__) Un culo cerrado....

(_%_) Un culo con granitos...

(_\/_) Un culo con tanga...


Y no podían faltar...


(o)(o) tetas perfectas...

( )( ) tetas falsas de silicona...

(*)(*) tetas de pezón alto...

(@)(@) tetas de pezón grande...

(^)(^) tetas con frío...

(o)(O) tetas disparejas...

\o/\o/ tetas caídas....

( - )( - ) tetas mordidas...

(oYo) tetas pequeñas pero seductoras..

( o Y o ) ¡¡¡UUUUY QUE PAR DE TETAS!!!  

Publicado el 7 octubre 2010 - 0 comentario(s) [ Escribe tus comentarios ] - 0 trackback(s) [ Trackback ]
Categoría: PAYASADAS

 

SILOGISMO 1:

Beber alcohol mata a las neuronas..
..las neuronas que mueren son las mas débiles..
...si mueren las más débiles quedan las mas fuertes e inteligentes.
Conclusión: cuanto más alcohol bebo más inteligente me hago

SILOGISMO 2:

Cuando bebemos alcohol en exceso acabamos borrachos..
..cuando estamos borrachos dormimos...
..mientras dormimos no cometemos pecados..
..si no cometemos pecados vamos al cielo..
Conclusión: para ir al cielo hay que ser un borracho

SILOGISMO 3:

Hoy en día los trabajadores no tienen tiempo para nada.
Sin embargo sabemos que los vagos tienen todo el tiempo del mundo.
El tiempo es dinero.
Por tanto los vagos tienen más dinero que los trabajadores.
Conclusión: para ser rico no hay que trabajar.

SILOGISMO 4:

Imagínate un trozo de queso suizo todo lleno de agujeros..
..cuanto mas queso mas agujeros..
Cada agujero ocupa el lugar en el que debería haber queso.....por lo
tanto, cuanto mas agujeros menos queso..
Cuanto más queso, más agujeros y cuanto más agujeros menos queso..
¡¡¡ahh no jodas!!! Conclusión: cuanto mas queso menos queso..

SILOGISMO 6:

A quien madruga Dios le ayuda..
Quien madruga duerme por la tarde...
Quien duerme por la tarde no duerme por la noche..
Quien no duerme por la noche sale de parranda..
Conclusión: Dios ayuda a los que salen de parranda..

SILOGISMO 7:

Dios es amor.....
El amor es ciego..
Steve Wonder es ciego..
Conclusión: Steve Wonder es Dios!

SILOGISMO 8:

Siempre me dicen que soy un don nadie..
Nadie es perfecto..
Entonces, yo soy perfecto..
Pero solo Dios es perfecto...
O sea...yo soy Dios..
Uhmmm...si Steve Wonder es Dios..
Yo soy Steve Wonder!!!Maldita sea!!!......soy ciego!!! ouh!!!!!!!!!!


CONCLUSION:
Si te envie esto, es porque no tenia nada que hacer,
si tu lo estas leyendo es porque tampoco tienes nada que hacer
entonces, si no tienes nada que hacer, envialo a mas personas que esten de flojas igual que tu y yo.

'"la locura no se crea ni se destruye solo se transmite'" jajajajajaja

ESPERO CON ESTO QUE SE OS HAYAN ACLARADO LOS CONCEPTOS DEL SILOGISMO.

SALU 2

 

 

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